Los extranjeros no residentes pueden abrir cuenta en banco?

Es posible siendo extranjero no residente abrir una cuenta bancaria en Ecuador?

rjosuarez escribió:

Es posible siendo extranjero no residente abrir una cuenta bancaria en Ecuador?


Hola. Como turistas, no. Es necesario que sea titular de una visa de NO INMIGRANTE de categoría diferente.

La apertura de cuentas bancarias es considerada ACTO DE COMERCIO (art.3, número 9 del Código de Comercio de Ecuador, que considera actos de comercio TODAS las operaciones de banco).

Por ello, para abrir cuentas bancarias, es necesario que la persona extranjera esté autorizada, AL MENOS, para realizar actos de comercio. Un turista extranjero, en principio, no está autorizado a realizar actos de comercio, aunque de hecho, los realice (como cualquier otra persona), ya que todos los actos mixtos - entre comerciante y no comerciante- se entienden siempre actos de comercio y entre esos actos mixtos están actividades tan cotidianas como comprar en cualquier tienda o supermercado, tomar un medio de transporte público o comer en un restaurante; por ello, con mayor precisión, sería conveniente formularlo diciendo que la persona debe estar autorizada expresamente para realizar actos de comercio en calidad de sujeto activo (no como el acto mixto que toda persona realiza a diario en su vida cotidiana) y con finalidad de lucro (el interés que genera una cuenta bancaria, por muy bajo que sea, implica una ganancia).

La Superintendencia de Bancos y Seguros del Ecuador ha instruido a los bancos en el sentido de que las personas extranjeras deben estar documentadas debidamente con su cédula de identidad (INMIGRANTES) o con su pasaporte, visa y censo (empadronamiento de Migración) para los NO INMIGRANTES, en categoría diferente de la de turista. Excepcionalmente, se les puede permitir abrir cuentas bancarias a los extranjeros que están tramitando el reconocimiento de la condición de refugiado (que terminará con la concesión de la visa de NO INMIGRANTE, categoría 12-IV), pero porque esas personas están bajo protección del Estado desde que solicitan el asilo político y existe al respecto tanto una Recomendación de la Defensoría del Pueblo, como una Circular de la Superintendencia de Bancos y Seguros acogiéndola, en cooperación con la Dirección General de Asilo y Refugio del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Y es que es una cuestión básica: se presume que un turista ingresa en el Ecuador con finalidad de conocer y recorrer el país y hacer actividades recreativas en general, pero no actividades que impliquen sistemáticamente el establecimiento de un giro comercial o el ejercicio permanente de una profesión, arte u oficio . Cuando quiera realizar alguna actividad que implique inicio de actividades mercantiles o ejercicio de profesión, arte u oficio en el Ecuador, el extranjero siempre se verá en la necesidad de solicitar la correspondiente visa que le permita realizar esas actividades. No hacerlo, constituye una modificación de hecho de su calidad y categoría migratoria, que es una infracción tipificada por la Ley de Migración.

Un cordial saludo.

Gracias por su respuesta amigo.. surge otra duda, mi intecion es establecer una sucursal de mi negocio un Quito (operadora Turistica on line con sucursales en Venezuela, Colombia y Panama) Puedo establecer una empresa con visa de turista?
he leido que existen visas que dependen de la inverison que se haga, la inversion para mi negocio no debe superar los 10.000$. como podria establecer la empresa?

Hola,
Hay una cosa que no entiendo entonces: Si para solicitar la Visa 12-IX necesito acreditar mediante estado de cuenta bancaria una cantidad determinada, cómo puedo hacerlo si en el momento de la solicitud solamente soy un turista y como tal no puedo abrir una cuenta?

joel.travieso escribió:

Hola,
Hay una cosa que no entiendo entonces: Si para solicitar la Visa 12-IX necesito acreditar mediante estado de cuenta bancaria una cantidad determinada, cómo puedo hacerlo si en el momento de la solicitud solamente soy un turista y como tal no puedo abrir una cuenta?


Hola.

Sirve también el estado de cuenta de una tarjeta de crédito internacional, donde conste el límite máximo del crédito concedido (denominado en Ecuador "cupo").

Sirve asimismo la certificación del saldo de una cuenta bancaria en el país de procedencia, en la que conste una cantidad equivalente a la mínima requerida (un salario mínimo vital por mes de permanencia, que actualmente es de 340 dólares).

Un cordial saludo.

Gracias. Con el ánimo de no duplicar contenido le agradecería entonces que me aclarara las interrogantes que aparecen en otro post que he hecho y refiere el siguiente enlace:
https://www.expat.com/forum/viewtopic.p … 05#1834069

hola, en relación al tema de apertura de cuentas por extranjeros con visa 12-IX, la certificación del saldo de una cuenta bancaria podría ser de cualquier cuenta, no necesariamente una cuenta  del país de procedencia? de antemano agradecida por la información Sr. Marquesdevelez.

Mudvayne escribió:

hola, en relación al tema de apertura de cuentas por extranjeros con visa 12-IX, la certificación del saldo de una cuenta bancaria podría ser de cualquier cuenta, no necesariamente una cuenta  del país de procedencia? de antemano agradecida por la información Sr. Marquesdevelez.


Hola:

La certificación puede ser de cualquier banco, en efecto. No necesariamente del país de procedencia.

Un cordial saludo.

Pues muy agradecida, nos esteremos escribiendo. Saludos fraternos.

Saludos, con respecto al banco Bolivariano http://www.bolivariano.com/es/banca-de- … sonas.html
Los requisitos son los Siguientes:
No residentes en el Ecuador
a. Pasaporte.
b. Carta de Referencia Laboral (Relación dependencia).
c. 1 Referencia Bancaria o 1 Referencia Comercial (Ahorros).
d. Última o penúltima planilla de agua, luz o teléfono no es necesario que se encuentre cancelada.

No se nombra ningún visado comercial ni otro por el estilo.

Buen día, una pregunta: ¿con la visa de actos de comercio 12-IX puedo abrir una cuenta bancaria?

El señor Marqués lo explica claro, para abrir una cuenta hay que estar bien documentado como turista no sirve


La Superintendencia de Bancos y Seguros del Ecuador ha instruido a los bancos en el sentido de que las personas extranjeras deben estar documentadas debidamente con su cédula de identidad (INMIGRANTES) o con su pasaporte, visa y censo (empadronamiento de Migración) para los NO INMIGRANTES, en categoría diferente de la de turista.

Hola:

La Superintendencia de Bancos de Ecuador ha modificado el criterio en agosto de 2014: ya no hay restricción alguna desde el punto de vista institucional. Pero, en cambio, ahora son los bancos los que, como empresas privadas que son al fin y al cabo, determinan los requisitos y condiciones para que extranjeros abran cuentas (al fin y al cabo, es una relación mercantil la que se establece). En la práctica, equivale a que las cosas sigan como están, porque los bancos son empresas privadas y no se suelen arriesgar a abrir una cuenta bancaria a un extranjero que se encuentra como simple turista en el país y del que no tienen constancia de que tenga intereses en el país como para permanecer en él. La apertura y el mantenimiento de la cuenta bancaria genera costes económicos para los bancos.

Un cordial saludo.

Entonces se podría negociar con el banco..

Buenas noches foro. Les digo, NO es facil abrir cuenta en Ecuador pero tampoco imposible. Cada quien y cada cual tenemos realidades distintas obviamente. Les diré que el llegar a Ecuador no es difícil,  buscar donde vivir tampoco lo es, buscarle colegio a los niños tampoco lo es, buscar supermecado tampoco, alquilar vivienda tampoco. Eso se resuelve relativamente rápido por lo que creo se deben centrar es en conseguir rápida y facilmente la residencia legal y para eso hay que analizar cada una de sus realidades. Al tener la residencia se facilitan muuucho las cosas. Me pongo a su disposición para orientarles. Mi correo mantoldo[at]hotmail.com. Saludos.

Hola:

El asunto pasa porque los bancos son empresas privadas y como tales, funcionan en relación con los beneficios que puedan obtener y previa calificación de los riesgos que pudiera representarles cualquier operación.

La apertura de cuentas bamcarias es un acto de comercio y como tal, tiene naturaleza mercantil. El banco quiere y necesita referencias comerciales del nuevo cliente (ya que va a establecer una relación comercial con él) y sus actuales actividades económicas. Un extranjero que está como simple turista, sin ninguna visa de INMIGRANTE o NO INMIGRANTE que le permita permanecer en el país en calidad distinta de la de turista, no ofrece a los bancos garantía alguna de que permanecerá en Ecuador, ni está en condiciones de presentar referencias comerciales. La apertura y el mantenimiento de la cuenta genera un coste financiero para el banco, que sólo resulta rentable si el cliente realmente va a hacer uso de la cuenta .

En general, para abrir una cuenta bancaria, en Ecuador se requiere:

- Cédula de identidad y ciudadanía (ecuatorianos) o cédula de identidad (extranjeros titulares de visa de INMIGRANTE).

- Para extranjeros titulares de visas de NO INMIGRANTE distintas a la 12-X, se les requiere el pasaporte en vigor con la visa y el certificado de inscripción en el Empadronamiento de Migración.

- Se suele requerir, al menos, TRES REFERENCIAS COMERCIALES, desde luego, ecuatorianas (no sirven las extranjeras). Estas referencias comerciales no son otra cosa que simples cartas de particulares que hubieran mantenido relación comercial con la persona, que puede ser desde el propietario de la tienda del barrio hasta el dueño de la ferretería o panadería, en las que se deje constancia de que las relaciones comerciales han sido correctas y que la persona cumple con sus obligaciones nacidas de la relación comercial.

- Finalmente, se requiere un depósito de una cantidad que fija cada banco, que puede ir de 50 dólares en adelante.

El banco puede conceder tarjetas de débito, vinculadas a la cuenta bancaria. Pero para conceder tarjetas de crédito, debe haber transcurrido, al menos, un año desde la apertura de la cuenta y tenerse ya un historial financiero que permita concluir si la persona es o no sujeto de crédito como para concederle tarjeta de crédito.

Cualquier queja contra los bancos, puede dirigirse al defensor del cliente de cada banco o directamente, ante la Superintendencia de Bancos, que es la entidad de control.

Un cordial saludo.

Hola, como extranjero si te manejas solo con una visa de no residente, solo se te permite abrir cuenta de ahorros en el Banco Bolivariano y en el Banco del Fomento, los demas te la van a negar, salvo el Pichincha, al cual fui y me dijeron que no habia problema, pero al final no abri ahi, asi que en verdad no se.

Los requisitos normalmente son:
Presentar el recibo de luz, agua, algun servicio basico de donde vivas, si no esta a tu nombre, que es logico, porque normalmente estamos alquilando cuando llegamos, no importa, pero por ejemplo el Banco del Fomento, te pide hacer una constancia que tiene que firmar la persona titular. O por el otro lado, el Bolivariano te pide un contrato de arrendamiento notarizado.

Luego cartas de referencias, personales, comerciales o de otros bancos, segun sea el caso. Por ejemplo el Banco Bolivariano te pide una referencia de otro Banco, y como el unico otro que nos deja abrir es el del Fomento, primero tendrias que abrir una cuenta en el del Fomento para luego poder abrir en el Bolivariano.

En el caso de que no seas dependiente de ninguna empresa, como yo, la tienes mas dificil, bueno depende del Banco, el Bolivariano si te pide referencia laboral, y si no trabajas para nadie tienes que presentar una referencia comercial de algun proveedor que tengas, y encima tiene que ser en papel membretado, lo que lo complica mas.

El del Fomento tambien pide movimiento migratorio, pero eso se saca facil por 5 dolares.

Las referencias personales tienen que ir adjuntadas con la copia de cedula de identidad y papeleta de votacion de cada persona que te la hizo.
Tambien piden el Certificado de Empadronamiento que lo compras por 4 dolares cuando activas tu visa.
Y bueno lo demas son requisitos sencillos como copia de dni, pasaporte, visa, etc.

En conclusion, y disculpne un poco el desorden con que nombre los requisitos, no son requisitos complicados en realidad, solo que segun sea el caso, nos podemos complicar un poco, por lo que cuando llegamos no solemos conocer a nadie con la suficiente confianza como para pedirle referencias y que nos preste sus documentos personales apra sacar copias o sus recibos, etc y si no tienes empleo peor. Pero si se puede.

Por lo que he visto y he escuchado de gente, un Banco que tiene mucho prestigio y es seguro es el Bolivariano, tambien esta asociado con diferentes bancos del extranjero, con lo qe podrias hacer traspasos sin ningun problema, cosa que el del Fomento no tiene. Pero bueno para comenzar se podria abrir una cuenta en el del Fomento que es mucho mas facil y luego con el tiempo abrir una definitiva en el Bolivariano. Sobre el Pichincha no he escucchado buenas referencias, siempre hay colas interminables, mala atencion, si te roban, te clonan tarjetas o te falsifican cheques no se hacen responsables.

Espero haber ayudado, Cualquier cosa revisen los requisitos en las webs de los dos bancos que mencione, aunque para ser sincera no estan actualizadas porque cuando fui personalmente te piden mas cosas, saludos

hola en el post anterior me equivoque al incio, no es visa de no residente, sino visa de no inmigrante

saludos amigo pero pudo abrir la cuenta usted en dicho banco ?

En conclusion, recien llegado es muy complicado abrir la cuenta, es mejor esperar a que te salgan los papeles o mejor la cedula cuando ya seas residente.

Hola tengo entendido que los extranjeros No Residentes SÍ PUEDEN APERTURAR CUENTAS BANCARIAS... en el Banco Bolivariano te piden estos requisitos:

COPIADO DEL LINK DEL BANCO BOLIVARIANO


No residentes en el Ecuador
Pasaporte.
Carta de Referencia Laboral (Relación dependencia).
1 Referencia Bancaria o 1 Referencia Comercial (Ahorros).
Última o penúltima planilla de agua, luz o teléfono no es necesario que se encuentre cancelada.

VISITA EL LINK AQUÍ
http://www.bolivariano.com/es/banca-de- … sonas.html

Josy09 escribió:

Hola tengo entendido que los extranjeros No Residentes SÍ PUEDEN APERTURAR CUENTAS BANCARIAS... en el Banco Bolivariano te piden estos requisitos:

COPIADO DEL LINK DEL BANCO BOLIVARIANO


No residentes en el Ecuador
Pasaporte.
Carta de Referencia Laboral (Relación dependencia).
1 Referencia Bancaria o 1 Referencia Comercial (Ahorros).
Última o penúltima planilla de agua, luz o teléfono no es necesario que se encuentre cancelada.

VISITA EL LINK AQUÍ
http://www.bolivariano.com/es/banca-de- … sonas.html


Hola:

Restricción legal, ni reglamentaria, ya  no hay. Pero depende de cada  banco si acepta o no abrir cuentas a clientes extranjeros que se encuentren en el país como turistas.

ACLARACIONES TERMINOLÓGICAS.-

La legislación de Extranjería de Ecuador no utiliza el concepto de "residente" , para referirse al extranjero que se establece en el país, sino que denomina INMIGRANTE al que se establece por tiempo indefinido y NO INMIGRANTE al que se establece temporalmente.

Del INMIGRANTE, se dice que ADQUIERE DOMICILIO POLÍTICO EN EL ECUADOR desde la fecha de inscripción en el Registro de Extranjeros, a cargo del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humama. Del NO INMIGRANTE, se dice que CONSERVA SU DOMICILIO POLÍTICO EN OTRO ESTADO (que puede ser el mismo de su nacionalidad u otro distinto).

El Código Civil establece que el DOMICILIO POLÍTICO se refiere al territorio del Estado en general y que, quien LO TIENE O ADQUIERE, se hace  miembro de la sociedad ecuatoriana, aunque conserve la condición de extranjero. Y señala, además, que el domicilio comsiste en la RESIDENCIA (elemento material, fáctico), unida real o presuntivamente del ÁNIMO DE PERMANECER EN ELLA (elemento psicológico), concepto que se complementa con la indicación de que, en definitiva, el domicilio constituye el centro de vida e intereses de una persona, el asiento principal de sus negocios, su sede jurídica.

Un extranjero DOMICILIADO es aquel que ha adquirido DOMICILIO POLÍTICO EN EL ECUADOR, mediante la inscripción como tal en el Registro de Extranjeros, acto que se practica de oficio inmediatamente después de conceder la visa de INMIGRANTE, de cualquier categoría, si se la ha concedido en el Ecuador o cuando el interesado solicite la inscripción si ha obtenido la visa de INMIGRANTE  en un Consulado de Ecuador acreditado en el exterior. Estos extranjeros INMIGRANTES, domiciliados políticamente en Ecuador, tienen derecho y obligación de obtener cédula de identidad ecuatoriana para extranjeros, que la expide la Direcció  General de Registro Civil, Identificación y Cedulación, a partir de la ORDEN DE CÉDULA, que se expide junto con la visa de INMIGRANTE. Y, frente al ordenamiento jurídico ecuatoriano, en materias en las que resulte pertinente el domicilio y en tanto que éste resulte determinante para establecer alguna calidad jurídica, pasan a regirse por las leyes ecuatorianas.

Un extranjero NO INMIGRANTE, es por definición alguien que sólo está de paso y por un motivo concreto y por eso, se considera que conserva su domicilio, su centro de vida e intereses, el asiento principal de sus negocios, en otro Estado.

Cuando la normativa o cualquier documento con valor jurídico, utilizan el concepto DOMICILIADO, para referirse a un extranjero, se entiende que se refiere a uno que tiene visa de INMIGRANTE. Cuando dice NO INMIGRANTE, se refieren a cualquier extranjero que sea titular de una visa de cualquiera de las categorías fijadas en el art.12 de la Ley de Extranjería (12 -I a 12-XI). Y cuando dice TRANSEÚNTE, puede referirse, tanto al turista, como a quien se interna en Ecuador con la finalidad de dirigirse a otro país: es transeúnte tanto quien ha entrado como turista, con el sello T-3, como quien, únicamente, ha desembarcado en un aeropuerto internacional de Ecuador con la finalidad de tomar otro avión o proseguir en el mismo en el que llegó, con destino a otro país, sin salir en ningún momento del área internacional del aeropuerto.

En lenguaje coloquial, donde se busca, ante todo, la comunicación y comprensión fluida, no se estila entrar en precisiones terminológicas, pues no siempre se considera necesario. Pero, cuando se emplea conceptos jurídicos que han sido definidos en las leyes, sí que resulta relevante tener presente, con precisión, la definición legal, pues precisamente puede comprender algo distinto a lo que se entiende en lenguaje coloquial y generar confusión y dar lugar a malentendidos. La propaganda comercial suele ser un ejemplo característico y como puede apreciarse, el banco en referencia usa los conceptos RESIDENTE y NO RESIDENTE para referirse a extranjeros, siendo, como ha quedado indicado, que no existen en la normativa en vigor. En este caso, parece que el banco quiere decir INMIGRANTE donde dice RESIDENTE y NO INMIGRANTE, donde dice NO RESIDENTE. Resulta evidente, desde el momento en que requiere algo que un simple turista, dentro de Ecuador, no puede tener: una carta de referencia laboral, pues mientras esté como turista, no podrá ser contratado laboralmente.

La realidad es que a un simple turista, con sello T-3, TRANSEÚNTE,  la mayoría de los bancos no lo acepta como cliente mientras permanezca en esa calidad.

Un cordial saludo.

Una vez más gracias por tus aclaratorías, es complicada la cosa para el extranjero entonces, como uno saca el dinero de aquí, o como para por ejemplo visa inversión hago las operaciones necesarias para establecer el negocio....en Ecuador.....porque ya de hecho para el Venezolano es super complicadisímo....seguire investigando...

Visa 12 IX?
VISA 12 XI?

Josy09 escribió:

Visa 12 IX?


Hola:

Sí. Esa visa sí que es aceptada para abrir cuentas bancarias.

Un cordial saludo.

Gracias  :D

Josy09: soy venezolano y estoy de igual manera con el tema de migrar a Ecuador de ser posible me gustaría cruzar información contigo mi correo es [email protected]

Estimado con la visa asignada que permita acto comercio si El banco bolivariano, es su pag web especifica cual son los requerimientos para abrir una cuenta siendo inmigrante

carla8986 explico muy bien los requisitos.
Nosotros abrimos cuentas en Banco Bolivariano y Banco de Fomento en Octubre 2014 con visa de turista T3 para tener cuentas para la visa 12-IX. Pero el proceso no era facil.

Adicionalmente un requisito de Banco Bolivariano era numero de telefono convencional, q no teniamos y el dueno de casa donde alquilamos tenia q solicitarlo.

Buenas tardes me gustaria saber si se puede hacer deposito en cuenta de banco del exterior a banco venezolano por voy en  actividades academicas para una universidad y paganes en dolares y lo quiero poner en mi cuenta en bolivares fuertes venezolanos la actividad es  de aproximadamente un año.

Buenos dias recientemente ingrese al ecuador y me encuentro en salinas .santa elena... traje conmigo documentacion necesaria para optar a la visa unasur pero me sellaron para estadia de solo un mes ...como y donde puedo pedir una extencion de la estadia? De ante mano agradecido solicito su orientacion

Raimond daniel colina chirinos escribió:

Buenos dias recientemente ingrese al ecuador y me encuentro en salinas .santa elena... traje conmigo documentacion necesaria para optar a la visa unasur pero me sellaron para estadia de solo un mes ...como y donde puedo pedir una extencion de la estadia? De ante mano agradecido solicito su orientacion


Hola:

Si ustes es nacional de un Estado parte de la UNASUR, de acuerdo con la Ley Orgánica de Movilidad Humana y su Reglamento de desarrollo, puede permanecer en Ecuador hasta por 180 días por año en calidad de turista . Si durante el período de un año ha estado entrando y saliendo con frecuencia, cada vez que vuelva a ingresar, obviamente, irá teniendo menos días de permanencia en calidad de turista. No sé si usted ha estado entrando y saliendo con frecuencia y ha ido agotando días de permanencia como turista hasta que al día de hoy sólo ha sido posible concederle un mes como turista ( normalmente es el sistema informático el que hace el cómputo y arroja los días que puede permanecer el extranjero en Ecuador en calidad de turista). Pero si se tratara de un error, debe dirigirse a la Dirección Nacional de Migración del Ministerio del Interior, que es el órgano competente en materia de Migración, bien en su sede central en Quito o bien en las sedes de sus Servicios de Apoyo Migratorio en las diferentes ciudades de Ecuador. En la provincia de Santa Elena hay un Servicio de Apoyo Migratorio de la Dirección Nacional de Migración en La Libertad :

http://www.ministeriointerior.gob.ec/se … igratorio/

No cabe prorrogar una estancia como turista a un extranjero nacional de un Estado parte de la UNASUR cuando ya está por agotar los 180 días que tiene como límite de permanencia en cada período de un año contado a partir de su primera entrada en Ecuador. La prórroga sólo es posible para extranjeros no nacionales de Estados parte de la UNASUR, a quienes se les concede originariamente 90 días, que pueden prorrogarse por otros 90 días siempre que lo soliciten oportunamente y paguen la tasa prevista para el efecto. Pero un nacional de Estado parte de la UNASUR ya tiene directamente 180 días por año para permanecer como turista.

En su caso, ya debe solicitar la visa de residencia temporal UNASUR que le correspondería por ser nacional de un Estado parte de la UNASUR. Y la concesión de visas dentro de Ecuador es materia de competencia del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.

www.cancilleria.gob.ec

Un cordial saludo.

Agradecido por su respuesta tan completa y oportuna , en mi caso particular e salidp del pais por primera vez junto a dos hermanos los 3 en migracion dimos la misma explicacion y demostramos con la documentaciom apostillada en mano la intencio de tramitar la visa ...aun asi nos sellaron esdias de 1,2,3 meses respecticamente ...ahora me preocupa mi estatus migratorio vencido el plazo ? En dado cSo no entiendo porque me colocaron sello para tan corto plazo ...?

Raimond daniel colina chirinos escribió:

Agradecido por su respuesta tan completa y oportuna , en mi caso particular e salidp del pais por primera vez junto a dos hermanos los 3 en migracion dimos la misma explicacion y demostramos con la documentaciom apostillada en mano la intencio de tramitar la visa ...aun asi nos sellaron esdias de 1,2,3 meses respecticamente ...ahora me preocupa mi estatus migratorio vencido el plazo ? En dado cSo no entiendo porque me colocaron sello para tan corto plazo ...?


Hola:

Puede dirigirse al Servicio de Apoyo Migratorio  de la Dirección Nacional de Migración en la ciudad en la que se encuentre, exponer su caso indicando que al ser nacional de un Estado parte de la UNASUR, de acuerdo con la Ley Orgánica de Movilidad Humana le corresponden 180 días de estancia como turista.

Si se cae en situación irregular tiene todavía 30 días de plazo para regularizar su situación (necesariamente tendrá que solicitar una visa) o marcharse del país voluntariamente . Si sigue en el país sin regularizar su situación, podrá ser deportado y multado (aunque de momento no se está cobrando la multa).

Un cordial saludo.

Tenemos un profundo respeto por la legislación ecuatoriana y comprendemos que debemos acatarla en todo,
pero nos permitimos preguntar para aclarar dudas:
No obstante lo definido por la CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR: Art. 9.- Las personas extranjeras que se encuentren en el territorio ecuatoriano tendrán los mismos derechos y deberes que las ecuatorianas….,
Allí dice los “extranjeros que se encuentren en el territorio ecuatoriano” y el turista se “encuentra en el territorio ecuatoriano.
Pero nos parece que el Código de Comercio y la Superintendencia de Bancos y Seguros del Ecuador y por ende los Bancos hacen distinción entre extranjeros con otras visas y “extranjeros con visa de turismo” (que se obtiene en el viaje por avión o en las fronteras si es por tierra) a quienes les está prohibido abrir cuentas bancarias y depósitos a plazo fijo.