Requisitos para obtener la residencia en Ecuador

NathanaelS escribió:

Saludos,
Vivo actualmente en Puerto Rico, EU, soy ciudadano americano.
Quisiera saber que tengo que hacer y que documentación llevar, para ir a vivir a Ecuador. Soy Pensionado. Aunque también trabajo como misionero cristiano.
Muchas gracias por su amabilidad.


Hola.

Si percibe una pensión por jubilación, podría acogerse a la visa de INMIGRANTE, categoría 9-I, de RENTISTA. Se requiere que la pensión mensual sea igual o superior a 800 dólares de los Estados Unidos de América, que se incrementan en 100 dólares por cada familiar a cargo.

La visa 9-I permite también trabajar, aunque se trate de una visa de rentista.

La visa deberá solicitarla en Ecuador, en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana. Tendrá que llevar con usted el certificado de la entidad que paga su pensión, en el que deberá constar que usted es beneficiario y la cuantía mensual que percibe. Ese certificado deberá estar legalizado con la Apostilla de La Haya y traducido al castellano en la forma prevista por la Ley de Modernización del Estado. Y además, deberá ir acompañado de un certificado del Consulado General del Ecuador acreditado en el lugar donde usted vive actualmente, en el sentido de que el cerificado de percepción de la pensión es auténtico (en la isla de Puerto Rico hay un Consulado General del Ecuador, en la ciudad de San Juan).

Un cordial saludo.

Muy agradecido por su pronta contestación.
Muchas gracias

Hola,
Me gustaria saber la mejor manera de proceder a solicitar la Residencia Ecuatoriana.   Hace mas de 12 anios me case con una persona de Nacionalidad Ecuatoriana.  Por los ultimos cinco anios hemos vivido en Quito por temporadas hasta de seis meses.
Ahora queremos ir a residir en la Provincia de Imbabura, por cuanto ya los dos nos retiramos en los USA.
Cual seria la mejor manera de proceder a mi solicitud?  Agradezco muchisimo de antemano a cualquier sugerencia.

Toni

Hola Buenas noches quiero saber que requisitos debe tener para permanecer en Ecuador, voy a ver que puedo hacer, tengo amiga que me da hospedaje durante un año, mi interés es poder quedarme gracias, espero su respuesta... desde Argentina PABLO

Buenas tardes

Me gustaría que me ayude actualmente a mi marido le concedieron la cedula pero esa es mi duda el tiene puesto CEDULA DE IDENTIDAD EXT. porque razon tiene haci la cedula con ese tipo de cedula el puede realizar cualquier tramite y poder trabajo o no tiene muchos derechos con esa cedula ya que la mía pone CEDULA DE CIUDADANIA que diferencia tiene y para que le sirve ese tipo de cedula

Muchas gracias

Saludos

karoline1 escribió:

Buenas tardes

Me gustaría que me ayude actualmente a mi marido le concedieron la cedula pero esa es mi duda el tiene puesto CEDULA DE IDENTIDAD EXT. porque razon tiene haci la cedula con ese tipo de cedula el puede realizar cualquier tramite y poder trabajo o no tiene muchos derechos con esa cedula ya que la mía pone CEDULA DE CIUDADANIA que diferencia tiene y para que le sirve ese tipo de cedula

Muchas gracias

Saludos


Hola. Es que él es extranjero, por eso, debe constar en la cédula de identidad esa indicación. A los ecuatorianos se les pone CÉDULA DE IDENTIDAD Y CIUDADANÍA o solamente CÉDULA DE CIUDADANÍA.

La Ley General de Registro Civil, Identificación y Cedulación de Ecuador establece la diferencia (arts. 104 a 117):

A) Cédula de identidad y ciudadanía.- Se expide exclusivamente a las personas de nacionalidad ecuatoriana, de cualquier edad. Antes de la Constitución de 1998, se expedía exclusivamente a los ecuatorianos mayores de edad, es decir, a partir de los 18 años de edad, ya que a partir de esa edad se pasaba a ser ciudadano (la ciudadanía iba ligada a la mayoría de edad y esencialmente, al goce y ejercicio de derechos políticos).

B) Cédula de identidad.- La redacción de los preceptos legales, que es del año 1976, establece que se expedirá cédula de identidad a dos tipos de personas:

- Extranjeros titulares de visa de INMIGRANTE (en la cédula debe constar CÉDULA DE IDENTIDAD EXT.)

- Ecuatorianos menores de edad (en la cédula constaba CÉDULA DE IDENTIDAD MED.).

Sin embargo, tal precepto quedó reformado tácitamente, tras la entrada en vigor de la Constitución de 1998, que eliminó la distinción entre nacionalidad y ciudadanía y estableció que todas las personas de nacionalidad ecuatoriana eran ciudadanas y gozaban de todos los derechos inherentes a la ciudadanía, si bien el ejercicio de esos derechos de ciudadanía seguía ligado al cumplimiento de la mayoría de edad. La actual Constitución mantiene el criterio con una ligera modificación: confiere el derecho al sufragio activo, con carácter facultativo, a partir de los 16 años de edad.

Por ello, actualmente, la cédula de identidad se expida exclusivamente a los extranjeros que sean titulares de una visa de INMIGRANTE.

Los extranjeros que tienen cédula de identidad es porque son titulares de visa de INMIGRANTE. Y todos los titulares de visa de INMIGRANTE tienen derecho a trabajar en cualquier actividad por cuenta ajena o cuenta propia, sin que sea necesario tramitar ninguna autorización administrativa, ni implique modificación de calidad o categoría migratoria. Sin embargo, existen excepciones:

- Ningún extranjero puede trabajar en actividades que las leyes hubieran reservado exclusivamente a personas de nacionalidad ecuatoriana. Son pocas, pero existen, como por ejemplo, en la seguridad privada: solo los ecuatorianos pueden trabajar como vigilantes de seguridad privada o como investigadores privados.

- Para trabajar en el sector público, siempre se requerirá una autorización de trabajo especial del Ministerio de Relaciones Laborales, que deberá tramitar la institución pública interesada en contratar al extranjero.

Un cordial saludo.

Hola, soy español casado con una ecuatorina mas 5 años, residente en españa y tenemos la intencion de despalazarnos a vivir a ecuador, me gustaria saber que papeles necesito llevar para pedir la nacionalidad ecuatorina y poder homologar los carnet de conducir y titulos que tengo como por ejemplo de conductor de grua autocargante y operador de grua torre. Espero pronto vustras respuestas. Gracias un saludo-

Buenas noches, mi pregunta es la siguiente, Me ha salido un trabajo en Quito, necesito saber que se necesita, documentos, visa de trabajo por cuanto tiempo, costos, si puedo llevar a mi hija de 7 años a estudiar en 3 primaria y que documentos de estudio necesito, agradezco toda la información que puedan suministrarme.
Gracias.

mi mensage es cuale lo requito ,para solicitar una visa ,para ecuador

tambien quiero saber como yo puedeo solicitar un travajo desde  aqui en republica dominicana

Muchas Gracias

Otra pregunta y para que mi esposo pueda Obtener la Cedula de identidad y ciudadania que tramites tendriamos que hacer para que obtenga.
Quisiera saber porque razón el en el banco le piden un registro de afiliado del registro civil ya que dice que no le sale en el sistema y el registro civil no le sale la acta ni el folio el no tiene partida de nacimiento ecuatoriano que tenemos que hacer en esos casos. Para que conste en el registro civil que fecha fue aceptado la cédula de identidad ya que si le sale su nombre fecha de nacimiento donde nació con quien es caso pero no sale el folio acta pag...


Muchas gracias
Saludos

karoline1 escribió:

Muchas Gracias

Otra pregunta y para que mi esposo pueda Obtener la Cedula de identidad y ciudadania que tramites tendriamos que hacer para que obtenga.
Quisiera saber porque razón el en el banco le piden un registro de afiliado del registro civil ya que dice que no le sale en el sistema y el registro civil no le sale la acta ni el folio el no tiene partida de nacimiento ecuatoriano que tenemos que hacer en esos casos. Para que conste en el registro civil que fecha fue aceptado la cédula de identidad ya que si le sale su nombre fecha de nacimiento donde nació con quien es caso pero no sale el folio acta pag...


Muchas gracias
Saludos


Hola.

1.- Es IMPOSIBLE que haya indicación de tomo, acta, folio, porque esas son indicaciones precisas que constan en el anverso de la cédula y hacen referencia a asientos del Registro de Nacimientos del Registro Civil y si esa persona no nació en Ecuador y no es ecuatoriana, no puede constar asiento registral alguno de su nacimiento en el Registro Civil de Ecuador, ya que en él solo se inscriben hechos y actos ocurridos en el Ecuador u ocurridos en el extranjero cuando afectan a ecuatorianos y excepcionalmente, los matrimonios celebrados fuera de Ecuador entre extranjeros domiciliados en el Ecuador.

2.- Por eso, a los extranjeros se les requiere el certificado literal de nacimiento de su país, para sentar razón de la filiación del cedulado y hacer referencia al sitio donde consta inscrito el nacimiento de esa persona. Pero es solo para dejar constancia de esos datos en la tarjeta índice y en el registro de huellas dactilares (a toda persona que obtiene cédula en Ecuador por primera vez, se le toma huellas digitales de los dedos de ambas manos).

3.- En la cédula, los datos relativos a la filiación, por eso, los toman del certificado literal de nacimiento de su país. Pero, ese certificado, jamás podrá ser inscrito en el Registro Civil de Ecuador, porque no se trata del nacimiento de un ecuatoriano ocurrido en el extranjero.

4.- Para que tenga cédula de identidad y ciudadanía, es presupuesto necesario que adquiera la nacionalidad ecuatoriana. Y la nacionalidad ecuatoriana por naturalización, en razón de matrimonio con persona de nacionalidad ecuatoriana, se debe solicitar en el mismo Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana y el requisito exigido dependerá del caso:

A) Si se han casado hace más de tres años y no han sido residentes en el Ecuador: es suficiente con acreditar que el matrimonio ha durado más de tres años y que continúan conviviendo.

B) Si han sido residentes en el Ecuador tras el matrimonio: es necesario que haya residido legalmente en el Ecuador por, al menos, tres años, contados desde la fecha de la expedición de la cédula de identidad de extranjero.

C) El Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana debe resolver sobre la concesión de la nacionalidad.

D) La resolución del Ministerio, debe ser inscrita en el Registro Civil, en un Registro Especial de Cartas y Resoluciones de Naturalización, a cargo del Departamento de Registro Civil de la Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación, trámite que exclusivamente se lleva a cabo en la ciudad de Quito.

Un cordial saludo.

Buenas tardes quería hacer una pregunta en relación a visados, soy Español casado con Ecuatoriana por 14 años y residiendo en España, el matrimonio también lo  registramos  en Ecuador en el año 2003 en un futuro más o menos breve pensamos ir a vivir a Ecuador, necesitaría saber qué requisitos necesito para obtener la visa en el consulado de Madrid y que tipo de visa seria la apropiada para mí, y una vez que vivamos en el país quisiera saber si tengo derecho al estar casado con Ecuatoriana a obtener directamente la nacionalidad por naturalización o si hay que pasar previamente con cedula de Extranjero. Cuando llegue el día pasaremos por el Senami en Madrid para acogernos al retorno voluntario de migrante y así poder llevar todos los enseres de casa, y por ultimo saber si hay algún problema para llevar nuestras mascotas tenemos cinco perritos pequeños de raza Yorshire de 14 meses de edad con todos su documentos en regla, Vacunas, Microchip y pasaporte todo en regla. Le quedo muy agradecido por la información. Tengo algunas informaciones del consulado de Ecuador en Madrid y también alguna información de personas que viven en Ecuador y que previamente han pasado por esos trámites. En el consulado me dicen que lo mejor en mi caso es ir directamente sin visa y una vez allá pedir la visa de amparo por matrimonio o reagrupación familiar. También hay quien me dice que al llevar más de tres años casado con Ecuatoriana y registrado el matrimonio en Ecuador podría pedir directamente la Nacionalidad, que hay de cierto en eso, alguien me puede aconsejar. Gracias y saludos al foro.

carlosgrande45 escribió:

Buenas tardes quería hacer una pregunta en relación a visados, soy Español casado con Ecuatoriana por 14 años y residiendo en España, el matrimonio también lo  registramos  en Ecuador en el año 2003 en un futuro más o menos breve pensamos ir a vivir a Ecuador, necesitaría saber qué requisitos necesito para obtener la visa en el consulado de Madrid y que tipo de visa seria la apropiada para mí, y una vez que vivamos en el país quisiera saber si tengo derecho al estar casado con Ecuatoriana a obtener directamente la nacionalidad por naturalización o si hay que pasar previamente con cedula de Extranjero. Cuando llegue el día pasaremos por el Senami en Madrid para acogernos al retorno voluntario de migrante y así poder llevar todos los enseres de casa, y por ultimo saber si hay algún problema para llevar nuestras mascotas tenemos cinco perritos pequeños de raza Yorshire de 14 meses de edad con todos su documentos en regla, Vacunas, Microchip y pasaporte todo en regla. Le quedo muy agradecido por la información. Tengo algunas informaciones del consulado de Ecuador en Madrid y también alguna información de personas que viven en Ecuador y que previamente han pasado por esos trámites. En el consulado me dicen que lo mejor en mi caso es ir directamente sin visa y una vez allá pedir la visa de amparo por matrimonio o reagrupación familiar. También hay quien me dice que al llevar más de tres años casado con Ecuatoriana y registrado el matrimonio en Ecuador podría pedir directamente la Nacionalidad, que hay de cierto en eso, alguien me puede aconsejar. Gracias y saludos al foro.


Hola.

1.- Se ha creado una entrada específicamente para personas que estén casadas con personas de nacionalidad ecuatoriana y quieran solicitar la nacionalidad. Se ha procurado explicar el procedimiento de manera amplia. Puede consultarla en el siguiente enlace:

https://www.expat.com/forum/viewtopic.php?id=323531


2.- No necesita tramitar visa alguna para entrar en Ecuador. Puede ingresar como turista, sin necesidad de visa. La visa de INMIGRANTE, categoría 9-VI, de amparo familiar se expiden en Ecuador, en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, porque presupone que el interesado se va a reunir en Ecuador con su cónyuge o pariente ecuatoriano y deben estar ambos dentro de territorio de Ecuador.

3.- En su caso, tiene dos opciones, según sea su interés:

A) Si quiere ser ecuatoriano, debe solicitar la nacionalidad ecuatoriana, directamente, en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, pues lleva ya más de 3 años casado con ecuatoriana y el matrimonio fue reconocido e inscrito en el Registro Civil de Ecuador; no es necesario haber residido previamente si se acredita que el matrimonio ha durado más de 3 años. La información puede consultarla en el enlace antes indicado.

B) Si no quiere ser ecuatoriano (no está obligado a serlo, si no quiere), puede solicitar la visa de INMIGRANTE, categoría 9-VI, de amparo familiar, en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana. Los requisitos y el procedimiento están indicados en varias entradas de este foro. Cuando se concede esta visa, se debe obtener el Empadronamiento de Migración y luego, la cédula de identidad ecuatoriana como extranjero.

4.- Respecto a la importación de menaje de casa, beneficiándose de la exención tributaria aduanera prevista para tales situaciones, puede consultar el siguiente enlace, del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador:

http://www.aduana.gob.ec/pro/household_goods.action


5.- Para llevar mascotas, deben tener el certificado sanitario del respectivo Colegio Oficial de Veterinarios, legalizado con la Apostilla de La Haya y el visto bueno del Consulado del Ecuador, más las legalizaciones de Sanidad Animal en el aeropuerto, antes de ser embarcados hacia Ecuador.

Un cordial saludo.

hola buenas noches necesito que alguien me ayude a solucionar mi problema con un visado en el ecuador .soy colombiana y hace un mes me case con un ecuatoriano con ciudadania en estados unidos ,mi esposo quiere llevarme con el,pero no se que tramites seguir me dicen que saque una visa inmigrante ,pero al meter los requisitos me dicen que devo tener un movimiento migratorio de mi esposo y que ademas el deve estar presente en el ecuador para una entrevista,por lo cual se me dificulta por que el ya se marcho a new york y no podra venir sino hasta el proximo año,mientras tanto mi visa de no inmigrante se vencio y no me dan la visa de inmigrante si el no viene .asi que he quedado inducumentada en el ecuador y no se que procedimiento seguir pues me dicen que registre mi salida del ecuador a colombia pero que no podre entrar si no hasta 9 meses y ya no se que hacer o que me recomiendan ya que me gustaria quedarme en ecuador por que me dicen que es mas facil para que mi esposo pueda llevarme con el y que si me quedo en colombia quedo ilegal en el ecuador y los dias corren y no se que hacer por favor si alguien tiene conosimiento acerca del tema les agradesco inmensamente gracias

hola buenas noches necesito que alguien me ayude a solucionar mi problema con un visado en el ecuador .soy colombiana y hace un mes me case con un ecuatoriano con ciudadania en estados unidos ,mi esposo quiere llevarme con el,pero no se que tramites seguir me dicen que saque una visa inmigrante ,pero al meter los requisitos me dicen que devo tener un movimiento migratorio de mi esposo y que ademas el deve estar presente en el ecuador para una entrevista,por lo cual se me dificulta por que el ya se marcho a new york y no podra venir sino hasta el proximo año,mientras tanto mi visa de no inmigrante se vencio y no me dan la visa de inmigrante si el no viene .asi que he quedado inducumentada en el ecuador y no se que procedimiento seguir pues me dicen que registre mi salida del ecuador a colombia pero que no podre entrar si no hasta 9 meses y ya no se que hacer o que me recomiendan ya que me gustaria quedarme en ecuador por que me dicen que es mas facil para que mi esposo pueda llevarme con el y que si me quedo en colombia quedo ilegal en el ecuador y los dias corren y no se que hacer por favor si alguien tiene conosimiento acerca del tema les agradesco inmensamente gracias

Si alguien me puede ayudar. Mi esposo es español y queremos regresar a ecuador a vivir como puede obtener la nacionalidad ecuatoriana mcuales son los tramites q hay q hacer gracias de antemano.

jacquelibe escribió:

Si alguien me puede ayudar. Mi esposo es español y queremos regresar a ecuador a vivir como puede obtener la nacionalidad ecuatoriana mcuales son los tramites q hay q hacer gracias de antemano.


Hola.

Sobre adquisición de la nacionalidad ecuatoriana por extranjeros cónyuges de ecuatorianos, puede consultar el siguiente enlace, donde se ha discurrido sobre el tema:

https://www.expat.com/forum/viewtopic.php?id=323531


Un cordial saludo.

Buenas tardes,

Soy español de origen y me casé hace 14 años con una ecuatoriana en Ecuador (el matrimonio consta en Ecuador). Ahora me planteo volver a Ecuador y quedarme a vivir allí, sobre todo por razones de trabajo:

- ¿Qué tipo de visa he de solicitar?
- ¿Qué documentos me piden para este visado?
- ¿Cuánto tiempo tardan en tramitarlo en la embajada de Ecuador de Madrid?
- ¿Qué validez tiene?
- ¿Cuánto tiempo tardan en darme la nacionalidad ecuatoriana?
- ¿Cuánto tiempo he de esperar a trabajar una vez que esté en Ecuador?

Gracias por todo,

Javier

jsv6871 escribió:

Buenas tardes,

Soy español de origen y me casé hace 14 años con una ecuatoriana en Ecuador (el matrimonio consta en Ecuador). Ahora me planteo volver a Ecuador y quedarme a vivir allí, sobre todo por razones de trabajo:

- ¿Qué tipo de visa he de solicitar?
- ¿Qué documentos me piden para este visado?
- ¿Cuánto tiempo tardan en tramitarlo en la embajada de Ecuador de Madrid?
- ¿Qué validez tiene?
- ¿Cuánto tiempo tardan en darme la nacionalidad ecuatoriana?
- ¿Cuánto tiempo he de esperar a trabajar una vez que esté en Ecuador?

Gracias por todo,

Javier


Hola.

1.- No tiene que solicitar ninguna visa para entrar en Ecuador. Los españoles pueden entrar sin visa.

2.- Dado que se casó hace 14 años con una ecuatoriana y el matrimonio consta inscrito en el Registro Civil de Ecuador, le corresponde solicitar, si usted quiere, la nacionalidad ecuatoriana por naturalización por simple declaración, en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, en virtud de lo dispuesto en el art. 8.4 de la Constitución de Ecuador, desarrollado por la Ley de Naturalización y su Reglamento y por el Acuerdo Ministerial número 000004 del Ministerio de Relaciones Exteriores, del 11 de enero de 2011. Cuando no se ha sido residente en Ecuador, basta con que el matrimonio haya durado más de tres años y usted cumple el requisito de sobra.

3.- Si usted no quisiera ser ecuatoriano (no está obligado a serlo), siempre tendrá derecho a solicitar la visa de INMIGRANTE, categoría 9-VI, de amparo familiar. Pero, esta visa, sólo se puede solicitar en Ecuador, en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana; los Consulados no la pueden tramitar y conceder, porque es una visa que presupone que AMBOS se encuentren DENTRO de Ecuador (se exige el Certificado de Movimiento Migratorio, que lo expide la Unidad Provincial de Información Migratoria de la Dirección Nacional de Migración de la Policía Nacional.

4.- Tanto si quiere ser ecuatoriano, como si no quiere serlo y prefiere permanecer como extranjero, la competencia en estas materias corresponde al Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, bien en su sede central en Quito o bien en las coordinaciones regionales de Guayaquil, Cuenca, Machala, Manta y Ambato. Para nacionalidad es competente la Oficina de Naturalizaciones; para solicitar visa de INMIGRANTE, la Dirección General de Migración y Extranjería.

5.- Si optase por mantenerse como extranjero y solicitase la visa de INMIGRANTE, categoría 9-VI, es de vigencia INDEFINIDA; obliga a obtener cédula de identidad ecuatoriana como extranjero  y por sí sola autoriza a trabajar en cualquier actividad, por cuenta ajena o propia en el sector privado, excepto en actividades reservadas por Ley a personas de nacionalidad ecuatoriana (por ejemplo, en el sector de seguridad privada).No hay necesidad de tramitar ninguna autorización de trabajo adicional, salvo que se trate de un trabajo en el sector público, donde sí es necesario hacerlo, por expresa disposición legal.

6.- La nacionalidad ecuatoriana, cuando es por simple declaración en razón de matrimonio, se resuelve, según las previsiones del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana (Plan de organización por procesos) en un plazo de 45 días.

7.- Para trabajar tiene que esperar a tener la nacionalidad, si es que quiere ser ecuatoriano (cuando el Ministerio resuelva, debe inscribirse la resolución en el Registro Civil, para que se produzca la adquisición y luego, obtener la cédula de identidad y ciudadanía ecuatoriana).

Si no quiere ser ecuatoriano y opta por mantenerse como extranjero y pedir la visa 9-VI, debe esperar a que la visa le sea efectivamente concedida y tenga en su poder la cédula de identidad ecuatoriana.

Puede consultar el siguiente enlace, en el que se explica la forma de solicitar la nacionalidad ecuatoriana por naturalización para cónyuges de ecuatorianos:

https://www.expat.com/forum/viewtopic.php?id=323531


Un cordial saludo.

pues nada a penas llegar hacer el tramite de visa de amparo eso es  todo  es muy sencillo  ya que están casados en Ecuador

Muchas gracias por su respuesta,

Hoy me he acercado al consulado de Ecuador en Madrid, y en el departamento de las visas le he preguntado al señor que me atendía que si al querer ser ecuatoriano y estar casado con mi esposa si puedo solicitar directamente la carta de naturalización sin tener que hacer ningún visado.

El señor se ha extrañado y me ha dicho que esto no es posible. Que lo que tengo que hacer es solicitar es el visado de amparo, pero aquí me tienen que hacer un visado de migración que tiene una duración de seis meses y que nada más llegar solicite en relaciones exteriores de Ecuador el de amparo.

¿Es eso cierto? Mi temor es que si me voy a Ecuador sin visado me digan que tendría que haber solicitado este en Madrid y me hagan volver.  Pero por otra parte si acepto este visado de migración ya entraría en los trámites del visado de amparo y creo que no hay vuelta atrás.

¿Qué me recomienda que haga?

Gracias y un saludo,

Javier

No haga caso de lo que le han dicho en el consulado seguramente quien le a dicho eso desconoce la normativa o leyes de Ecuador.  Si usted está casado y no a vivido nunca en Ecuador al llegar allá puede pedir directamente l nacionalidad. De hecho hay un video en YouTube puesto por la cancillería de Ecuador que lo explica bien si encuentro rl enlace te lo pondré aqui. Saludos.

jsv6871 escribió:

Muchas gracias por su respuesta,

Hoy me he acercado al consulado de Ecuador en Madrid, y en el departamento de las visas le he preguntado al señor que me atendía que si al querer ser ecuatoriano y estar casado con mi esposa si puedo solicitar directamente la carta de naturalización sin tener que hacer ningún visado.

El señor se ha extrañado y me ha dicho que esto no es posible. Que lo que tengo que hacer es solicitar es el visado de amparo, pero aquí me tienen que hacer un visado de migración que tiene una duración de seis meses y que nada más llegar solicite en relaciones exteriores de Ecuador el de amparo.

¿Es eso cierto? Mi temor es que si me voy a Ecuador sin visado me digan que tendría que haber solicitado este en Madrid y me hagan volver.  Pero por otra parte si acepto este visado de migración ya entraría en los trámites del visado de amparo y creo que no hay vuelta atrás.

¿Qué me recomienda que haga?

Gracias y un saludo,

Javier


Hola.

1.- Si usted quiere ser ecuatoriano por estar casado con ecuatoriana, el procedimiento de adquisición es más sencillo: es una simple declaración, que se hace constar en la solicitud,  junto con los documentos preceptivos.

2.-  De acuerdo con la Ley Orgánica del Servicio Exterior de Ecuador, en concordancia con la Ley de Naturalización, su Reglamento de desarrollo y el Acuerdo Ministerial del Ministerio de Relaciones Exteriores número 000004 del 11 de enero de 2011, la competencia exclusiva para conocer y tramitar asuntos relativos a nacionalidad ecuatoriana, corresponde a la Oficina de Naturalizaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, que está en Ecuador. Los Consulados no tienen competencias para conocer y resolver trámites de adquisición de nacionalidad ecuatoriana por naturalización, ni tampoco para conocer y resolver sobre el reconocimiento de la nacionalidad ecuatoriana por nacimiento, pues estos trámites están centralizados en el Ministerio, en Ecuador.

3.- La información que le han dado, se refiere a la visa de NO INMIGRANTE, categoría 12-IX. Pues bien: en su caso, no es necesario. El motivo es evidente: usted está casado con una persona de nacionalidad ecuatoriana y el matrimonio consta inscrito en el Registro Civil de Ecuador (es decir, es válido y conforme con la legislación ecuatoriana). En esa situación, esa visa 12-IX se torna innecesaria, porque usted puede, alternativamente, según su interés:

A) Solicitar la nacionalidad ecuatoriana por naturalización (extranjero casado con persona de nacionalidad ecuatoriana, conforme con la Ley ecuatoriana y el matrimonio ha durado más de tres años).

B) Solicitar la visa de INMIGRANTE, categoría 9-VI, de AMPARO FAMILIAR, en el caso de que no quiera ser ecuatoriano, sino que, en su lugar, prefiera mantenerse como extranjero cónyuge de una persona de nacionalidad ecuatoriana.

Le paso el enlace al Acuerdo Ministerial 000004 :

http://cancilleria.gob.ec/wp-content/up … 000004.pdf

Imprímaselo y fíjese en la cuarta página, en el apartado 3. Ése es el trámite que le correspondería si, finalmente, decide ser ecuatoriano por naturalización. Y ése es el expediente que debe formar.

Ecuador sigue un sistema de adquisición de nacionalidad por cónyuges extranjeros similar al que sigue Francia e Italia: el cónyuge extranjero adquiere la nacionalidad en razón del matrimonio y de o bien un tiempo de residencia en Ecuador como titular de visa de INMIGRANTE (3 años) o bien por  su tiempo de duración (más de 3 años), para quienes no hubieran residido en Ecuador o hubieran residido, pero sin ser titulares de ninguna visa.

Si quiere mantenerse como extranjero, usted puede entrar como turista e ir directamente al Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana solicitar la visa 9-VI, como cónyuge de ecuatoriana (art. 9.VI de la Ley de Extranjería y art. 35 de su Reglamento de desarrollo).

La visa 12-IX, para usted, por su situación, por su caso concreto, es innecesaria. Y además, un gasto de dinero que no tiene razón de ser.

NOTA INFORMATIVA GENERAL.- De acuerdo con la Ley de Extranjería de Ecuador y su Reglamento de desarrollo, CUALQUIER EXTRANJERO que se encuentre en Ecuador como turista, puede, hallándose DENTRO de Ecuador, solicitar una MODIFICACIÓN de su calidad y categoría migratoria, siempre que lo solicite OPORTUNAMENTE, es decir, dentro del tiempo que dure su permanencia legal en el país. Por tanto, cualquier información que manifieste que desde Ecuador habrá que volver al país de origen a tramitar visas (como sucede, por ejemplo, en España u otros países de la Unión Europea, pero porque así lo prevé la normativa comunitaria), carece de fundamento normativo.

Un cordial saludo.

https://www.youtube.com/watch?v=ADoOE5K … ata_player             Aquí tienes rl enlace amigo seguro que te gustara puedes guardarlo en tu móvil y se lo enseñas al de el consulado. Saludos...

hola, por favor ayúdenme soy de Guayaquil y mi novio mexicano quiere venir a Ecuador a casarse conmigo y a vivir aqui por un tiempo(1 año y medio aprox.), cuales serian los requisitos para q el pueda ingresar al pais contraer matrimonio y vivir aqui, q documentos debe traer y q tipo de visa debe de solicitar o cuales serian los requisitos para solicitar la residencia aqui. nos urge saber. :sosad:

gracias :)

gatosita0528 escribió:

hola, por favor ayúdenme soy de Guayaquil y mi novio mexicano quiere venir a Ecuador a casarse conmigo y a vivir aqui por un tiempo(1 año y medio aprox.), cuales serian los requisitos para q el pueda ingresar al pais contraer matrimonio y vivir aqui, q documentos debe traer y q tipo de visa debe de solicitar o cuales serian los requisitos para solicitar la residencia aqui. nos urge saber. :sosad:

gracias :)


Hola.

1.- Para INGRESAR en Ecuador, los mexicanos no necesitan visa.

2.- Para contraer matrimonio, en cambio, sí es necesario ser titular de una visa de cualquiera de las categorías establecidas en la Ley de Extranjería. A estos efectos, sirven las visas de NO INMIGRANTE, categorías 12-IX y la 12-X.

La 12-IX se puede solicitar tanto en el Consulado del Ecuador acreditado en el país de residencia del extranjero, como ya dentro de Ecuador, en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana. En cambio, la visa 12-X, exclusivamente se concede dentro de Ecuador, en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.

3.- Si llegase a entrar con la visa 12-IX, tiene un plazo de 30 días para solicitar la inscripción en el Registro de Extranjeros, a cargo del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana. Y luego, solicitar la inscripción en el Empadronamiento de Migración, a cargo del mismo Ministerio (genera una tasa de 4 dólares).

4.- Adicionalmente, debe permanecer en territorio de Ecuador, de forma continuada, durante 75 días.

5.- En cuanto a documentos necesarios para contraer matrimonio, son los siguientes:

A) Certificado literal (copia íntegra) de nacimiento,expedido por el Registro Civil de su país, legalizado con la Apostilla de La Haya.

B) Certificado de estado civil, expedido por el Registro Civil de su país, legalizado con la Apostilla de La Haya.

C) Certificado de MOVIMIENTO MIGRATORIO, que corresponde expedir a la Unidad Provincial de Información Migratoria de la Policía Nacional (Ecuador) y que genera una tasa de 4 dólares. Debe pedirlo cuando ya hayan pasado los 75 días de permanencia en el país.

Lo anterior, con todo, son documentos necesarios en el supuesto de que fuera soltero. Si fuera viudo o divorciado, se necesitarían otros documentos. Asimismo, serían necesarios otros documentos adicionales si tuviera hijos de un matrimonio o relación anterior.

El matrimonio exclusivamente se puede llevar a cabo en las oficinas centrales del Registro Civil de Quito o Guayaquil. No es posible celebrarlos en otras ciudades, ni fuera de las oficinas.

6.- Una vez casados, la cónyuge ecuatoriana debe cambiar la cédula de identidad y ciudadanía por una nueva que indique el nuevo estado civil.

7.- A continuación, debe dirigirse al Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, para solicitar la visa de INMIGRANTE, categoría 9-VI, de amparo familiar.

8.- Cuando obtenga la visa, debe solicitar su inscripción en el Empadronamiento de Migración y luego, ir al Registro Civil a que le sea expedida la cédula de identidad ecuatoriana como extranjero.

Un cordial saludo.

muchas gracias por responder. Pero me puede ayudar dandome los requisitos para q el pida la visa 12IX o 12X.

gracias.

Muchas gracias,

Me ha aclarado muchas dudas y tengo claro lo que he de hacer.

Desde luego, parece mentira que un señor que trabaja en el consulado desconozca esta ley.

Un saludo,

Javier

Pues la verdad es que si parece mentira pero ya ves.

hola... soy de panama y tengo 18 años... mi peticion es la siguiente: me gustaria saber cuales son los requisitos para poder naturalizarce permante en Ecuador, porque necesito la cedula para negocio, casa, etc... se le agreceria tambien en responder mi peticion y tambien necesito saber cuales son las formas en la naturalizacion. por ahora vivo en ecuador con una visa 12-IX. muchas gracias!!
tambien me puedes enviar un correo a este e-mai: [email protected]

Hola buenas noches! Soy ecuatoriana y me quiero ir a estudiar en la universidad de cuenca-Ecuador,actualmente estoy viviendo en españa, que tendria que hacer?(tengo la doble nacionalidad)

Tambien si por favor me pueden ayudar con otro tema: esque un amigo que es chileno y vive en españa( tiene la doble nacionalidad) quiere irse  a cursar la universidad en ecuador, que papeleo tiene que hacer para sacarse la visa para poder residir en el ecuador?

hola
por favor ayudeme quiero saber los requisitos para la visa de turismo 12IX o 12X.

gracias

Buenos dias, soy nuevo en esta pagina la cual me parece bien interesante y ante todo felicito a todos los que de una u otra manera han podido ayudar a todos los que pedidos asesoria.

Bien mi solicitud es referente a la orientacion de como es el proceso para migrar a Ecuador, dado que el pensado es viajar con mi familia.

Hola, les comento soy argentino actualmente al dia de la fecha de hoy llevo 88 dias el sabado se cumplen mis 90 dias en ecuador, necesito saber si puedo solicitar la visa pasado mis 90 dias o voy a tener que salir obligatoriamente del pais, por favor necesito que alguien me asesore con urgencia. Gracias

Buenas noches por favor quiero saber  soy Boliviana ya le había comentado mi caso yo tengo actualizado mi pasaporte como hago para salir del país yo tengo viviendo ya casi años soy casada con ecuatoriano tengo 2 niñas que papeles necesitan las niñas para salir mi esposo esta de acuerdo en esto del viaje no he arreglado mis documento  necesito su orientación  gracia por su ayuda.

Memuca escribió:

Buenas noches por favor quiero saber  soy Boliviana ya le había comentado mi caso yo tengo actualizado mi pasaporte como hago para salir del país yo tengo viviendo ya casi años soy casada con ecuatoriano tengo 2 niñas que papeles necesitan las niñas para salir mi esposo esta de acuerdo en esto del viaje no he arreglado mis documento  necesito su orientación  gracia por su ayuda.


Hola. Es necesario saber en dónde se encuentra físicamente en este momento (Bolivia o Ecuador) y si sus hijas son o no son también hijas de su cónyuge ecuatoriano.

Si tiene documentos bolivianos, para que puedan producir efectos en Ecuador, es necesario que estén debidamente legalizados. Al no ser Bolivia signataria del Convenio de La Haya sobre la Apostilla Diplomática, deben ser legalizado por el procedimiento ordinario, es decir:

- Ministerio u órgano del cual dependa el funcionario que firmó  el documento respectivo.

- Ministerio de Relaciones Exteriores de Bolivia.

- Consulado del Ecuador acreditado en la demarcación consular donde usted resida actualmente.


Necesitará, en todo caso, el certificado de antecedentes penales de Bolivia. Si se casó en Bolivia, necesitará el certificado literal ("copia íntegra") de matrimonio del Registro Civil de Bolivia. Asimismo, requerirá certificados literales ("copias íntegras") de nacimiento de usted y de sus hijas.

Un cordial saludo.

Yo vivo en Guayaquil  disculpe tal ves no me explique bien ya estoy viviendo como 8 años acá mis niñas son de mi esposo y me case en Guayaquil solo tengo mi pasaporte actualizado  pienso viajar a mi país Bolivia que tengo que hacer o que documento necesito y que papeles necesito para las niñas  para no  tener problema al salir y pienso regresar al Ecuador gracia por su ayuda.

Memuca escribió:

Yo vivo en Guayaquil  disculpe tal ves no me explique bien ya estoy viviendo como 8 años acá mis niñas son de mi esposo y me case en Guayaquil solo tengo mi pasaporte actualizado  pienso viajar a mi país Bolivia que tengo que hacer o que documento necesito y que papeles necesito para las niñas  para no  tener problema al salir y pienso regresar al Ecuador gracia por su ayuda.


Hola.

1.- Para que las menores puedan salir de Ecuador con usted, sin la compañía del otro progenitor, es necesario que su cónyuge les conceda la autorización para salir del país en su compañía, con destino al país al cual se dirige.

2.- La mencionada autorización puede formularse en cualquier notaría o en el Juzgado de la Niñez y Adolescencia que resulte competente territorialmente y en el que recaiga por sorteo la petición. Es recomendable hacerlo por notario, por agilidad.

Un cordial saludo.

Buenas tardes,

Gracias por su respuesta.

Una duda que se me plantea es que el próximo día 28 de Mayo me voy a Ecuador y voy a solicitar la naturalización en la Dirección de extranjería y movilidad humana al estar casado con persona de nacionalidad por más de 14 años.

Pues bien, como viajaré con el pasaporte y me darán en la aduana del aeropuerto un máximo de 90 días y tengo pensado en la segunda quincena de septiembre volver a España por asuntos profesionales, mi pregunta es:

- ¿Tendré algún problema de retornar a España al haber superado estos 90 días?
- Mientras espero a que se resuelva la naturalización (aunque digan 45 días se pueden alargar más de tres meses), ¿puedo justificar este tiempo de más con esta solicitud?

Gracias,

Javier