Cómo demostrar la continuidad en España + visa no lucrativa

Buenas a todos,

Pienso ir a España con una visa no lucrativa, y dado que no voy a poder trabajar, si bien pienso probar con algo online, en principio voy a ir a hacer voluntariados. Un poco de todo, hostels/granjas, mi duda va por dos lados:

1) Si bien creo que cada vez que me mude voy a tener que empadronarme en algún sitio diferente, suponiendo que apenas voy a tener gastos, como ir de un lugar a otro (que también podría variar en caso de que algún conocido me lleve de un punto A a B),

Tengo que tener alguna otra prueba aparte del empadronamiento en el caso de que me pase 2 años así?

2) Vi que la opción de hostels, que es a donde apunto más que nada, está medio dispersa en España y hay más en Francia/Italia (en Worldpackers digo),

En caso de que vaya a esos países más de 3 meses, queda registrado?

Obvio si me voy en avión queda, aunque sea parte de la UE, pero suponiendo que quedo empadronado en España y me voy en auto a Francia, y sin usar la tarjeta ni nada (la veo casi imposible igual, pero es un hipotético), habría drama?

Sé que es bastante de perseguido todas esas preguntas, pero es por si llega a surgir la idea de ir a otros lados por más de 3 meses, en principio mi idea es hacerla así por 1 año y si puedo cambiar a trabajo por cuenta ajena, genial, sino la seguiré igual.


Gracias desde ya, saludos a todos!

Hola Fryden,
bienvenido a expat.com :)

¡Espero que nuestros miembros en España pronto te puedan ayudar con tus preguntas! No dudes en ir consultando el resto del Foro España, en donde varios han compartido información, experiencias y consejos en cuanto a los visados y las diferentes formalidades del país, te puede ser útil. :top:

Un saludo,
Alec
equipo expat.com

El empadronamiento es el documento "clave". Con eso te sirve. Eso si, si no tienes o no has podido se puede sustituir por una serie de documentos donde aparezca tu identificación. En Madrid, hace años, como mucha gente tenía miedo de empadronarse por si le echaban (miedo injustificado por cierto) se usaba el abono de transporte. Por ejemplo, si tu vas de hotel en hotel, pues guardando las facturas te serviría.

Pero si puedes, aunque sea en casa de un amigo, y aunque en la practica no vayas a residir, te empadronas y listo.

En cuanto a viajar por Europa, si los países están dentro del estado schenguen no tienes limitaciones de tiempo. Ten en cuenta que por ejemplo para ir a Francia tu no pasas ningún tipo de aduana ni oficina de fronteras. Es decir, que podrías viajar todo lo que quieras pero, para demostrar los años de residencia para obtener la nacionalidad la ley dice que no tienes que salir de España más de seis meses.

Eso dice la ley, pero desde luego es muy dificil de comprobar y más si no pasas aduanas ni tienes sellos en pasaporte. Es decir, que si tu te empadronas en un pueblo de España y luego te vas a Francias seis meses, para todos los efectos tu sigues en España, no te van a ir siguiendo. Eso de los seis meses aplica a gente de paises de fuera de europa que se van a su pais y luego vuelven para pedir la nacionalidad, pero en este caso si hay registro aduanero.

Hola Miguel, como estás !

Estoy en una situación parecida a la de Fryden.
En mi caso pienso ir a España pero no cuento con ciudadania española, aunque en mi caso si tengo pensado trabajar.
Mi pedido es si podrías explicar un poco más como es el tema de empadronamiento, que por lo que veo es la clave, como vos decís. A tavés de ello podés acceder a un permisop de residencia?
Bueno, sigo las noticias tuyas.
abrazo !

Rauldj escribió:

Hola Miguel, como estás !

Estoy en una situación parecida a la de Fryden.
En mi caso pienso ir a España pero no cuento con ciudadania española, aunque en mi caso si tengo pensado trabajar.
Mi pedido es si podrías explicar un poco más como es el tema de empadronamiento, que por lo que veo es la clave, como vos decís. A tavés de ello podés acceder a un permisop de residencia?
Bueno, sigo las noticias tuyas.
abrazo !


Aunque hay muchos post sobre esto te respondo directamente. Vamos a ver, comencemos por aclarar conceptos. Residencia es una cosa y ciudadanía es otra. Hay varios tipos de residencia. Hay algunas que te permiten trabajar, y otras que no como son la no lucrativa o la visa de estudios que en realidad no es residencia sino "estancia".

La ciudadanía es la nacionalización como español, es decir con pasaporte español y basicamente con los mismos derechos y deberes que un español. A esa nacionalización se accede o bien por origen (que tu padre o madre sea español/a) o bien por alguna condición especial como la ley de memoria historica que ya no esta vigente.

La forma más normal de acceder a la nacionalización es por residencia. Y el tiempo de residencia depende de las circunstancias. Un latinamericano puede acceder en dos años de residencia legal o un año si esta casado con un español. Ojo, no se consigue la nacionalidad por estar casado con un español sino por estar casado y residir.

Por lo tanto, esta claro que hace falta la residencia si como te digo no eres español por tu origen. La residencia se consigue por varios medios. En el caso de residencia "normal" con permiso para trabajar los medios son los siguientes:

Visado de trabajo que es prácticamente imposible. Eso que se dice de conseguir un contrato y ya no funciona. La empresa debe demostrar el porque ese puesto es solo para ti y porque no sirve un español. Se trata de algo subjetivo y para tratar de que sea un poco más objetivo se publican puestos de dificil cobertura. Puedes mirar en internet y observará que no son muy comunes (obvio, sino no serían de dificil cobertura).

Familiar de español y re-agrupación familar : Bueno es obvio, y no necesita mucha explicación. Hay diferentes versiones y en algunos casos no se permite trabajar.

Refugiado político: Tampoco tiene mucha explicación, y lo cierto es que es complicado y costoso en tiempo demostrarlo.

Arraigo: este es el medio por el que se han hecho residentes cientos de miles de extranjero sobre todo el los primeros años del siglo. Se trata de llegar como sea, y quedase sin papeles y permanecer tres años. Entonces con una serie de condiciones como una promesa de trabajo y demostrando la permanencia se accede a la residencia. Ojo, no es algo automático, hay que solicitarlo y te lo aceptan o no y tarda bastante tiempo.

El gran problema de este último caso es que antes era relativamente habitual contratar a gente sin papeles pero ahora es muy dificil que eso suceda y la gente sin papeles normalmente trabajan en algunos trabajos informales, o de cuidado de personas mayores, de limpieza, etc... y con sueldos bajos y ningún derecho laboral. Yo desde luego no se lo recomiendo a nadie que no este realmente desesperado.

Para resumir, eso que veo algunas veces aquí que alguien dice de "iré con la visa de turismo, buscaré un empleo y me quedaré" no funciona.

Espero que haya  quedado claro.