Se puede trabajar legalmente con visa de amparo?

Saludos,  soy venezolana,  estoy planeando irme a Ecuador con mi esposo ,  soy odontologa,  estoy al tanto de que puedo solicitar una visa profesional al registrar mi titulo y que luego debo hacer mi año rural.  La pregunta es si mi esposo solicita una visa de amparo el puede trabajar legalmente en Ecuador? El es contador pero su título no califica para reconocimiento automático.  O que nos recomienda? Gracias por su ayuda

Dagc029 escribió:

Saludos,  soy venezolana,  estoy planeando irme a Ecuador con mi esposo ,  soy odontologa,  estoy al tanto de que puedo solicitar una visa profesional al registrar mi titulo y que luego debo hacer mi año rural.  La pregunta es si mi esposo solicita una visa de amparo el puede trabajar legalmente en Ecuador? El es contador pero su título no califica para reconocimiento automático.  O que nos recomienda? Gracias por su ayuda


Hola.

Como ya se ha indicado varias veces en este foro, TODOS los titulares de visa de INMIGRANTE (y la visa 9-VI, de amparo familiar, es visa de INMIGRANTE), pueden trabajar en cualquier actividad por cuenta ajena o propia en el sector privado, excepto en actividades reservadas a personas de nacionalidad ecuatoriana.

Con relación a su situación: si usted en su país realizó un período de prácticas similar al exigido por la legislación ecuatoriana y tiene pruebas documentales debidamente legalizadas de que, en efecto, así fue, puede ser dispensada de la realización del año de salud rural.

Si el título de su cónyuge es universitario, pero fue obtenido en una universidad que no consta en el listado de la SENESCYT para que sea procedente el reconocimiento automático, podría obtener el reconocimiento por la vía del Comité Interinstitucional.

Que no se peuda reconocer por la vía automática, no significa que no pueda ser posible de hacer por otras vías establecidas por la normativa en vigor.

Un cordial saludo.

Muchas gracias por la explicación!

Hola mi vida Como Esta's yo soy colombiano y radico en ecuador mira si tu traes tu titulo de profecional legalizado y refrendado desde tu pais claro que puedes acojerte a una visa de profesional o sino igual por amparo pero para poder ejercer tu profesion es nesesario refrendar o legalizar tu titulo saludos