Duda sobre visas para venezolano

Hola a todos
Mi novio es venezolano, yo soy ecuatoriana. El quiere venir a vivir a Ecuador, ya pronto tendrá su visa 12 IX y con esa estará, en extranjeria me indicaron que cuando llegue el acá puede pedir un cambio de visa a la 12 xi que dice que es como un convenio con Venezuela. El asunto no me quedo muy claro, yo pregunte como podría hacer el para trabajar en Ecuador y me dijo esa visa, ahora mi pregunta es, puede realmente el trabajar aquí con contrato y todo con la visa 12 xi? Nosotros queremos casarnos pero en unos meses ya que primero debemos hacer dinero para la boda,así que hasta eso me gustaría saber como puede hacer el para trabajar aquí sin problemas al menos por unos 7 meses. El estuvo viviendo en Ecuador y recientemente regreso a Venezuela ya que anteriormente se había pasado del tiempo de la visa, estaba irregular y como ya no se podía hacer ningún trámite opto por regresar. Estuvo en Ecuador 1 año 8 meses.

Saludos y gracias.

agrodrig escribió:

Hola a todos
Mi novio es venezolano, yo soy ecuatoriana. El quiere venir a vivir a Ecuador, ya pronto tendrá su visa 12 IX y con esa estará, en extranjeria me indicaron que cuando llegue el acá puede pedir un cambio de visa a la 12 xi que dice que es como un convenio con Venezuela. El asunto no me quedo muy claro, yo pregunte como podría hacer el para trabajar en Ecuador y me dijo esa visa, ahora mi pregunta es, puede realmente el trabajar aquí con contrato y todo con la visa 12 xi? Nosotros queremos casarnos pero en unos meses ya que primero debemos hacer dinero para la boda,así que hasta eso me gustaría saber como puede hacer el para trabajar aquí sin problemas al menos por unos 7 meses. El estuvo viviendo en Ecuador y recientemente regreso a Venezuela ya que anteriormente se había pasado del tiempo de la visa, estaba irregular y como ya no se podía hacer ningún trámite opto por regresar. Estuvo en Ecuador 1 año 8 meses.

Saludos y gracias.


Hola. La visa de NO INMIGRANTE, categoría 12-IX, no deriva de ningún Convenio internacional, sino que está prevista en la Ley de Extranjería de Ecuador (artículo 12, apartado IX, por eso, recibe el nombre de 12-IX).

La República del Ecuador, actualmente, solo tiene celebrado un Convenio internacional con la República del Perú, que en su momento buscó facilitar la regularización de trabajadores peruanos que se hallaban en Ecuador en situación irregular.

Igualmente, se ha adherido a un Convenio celebrado, en su momento, entre países miembros del MERCOSUR (Argentina, Brasil, Uruguay, Paraguay), Chile y Bolivia, que desde la plena integración de Venezuela en el MERCOSUR, también es de aplicación para este último país. A ese mismo Convenio se han adherido Perú y Colombia. Básicamente, este Convenio permite a los nacionales de cualquiera de los Estados miembros establecerse en el territorio de cualquier otro Estado miembro y solicitar a su Administración Pública una autorización de residencia TEMPORARIA (por dos años) y luego de ese tiempo, si se acredita que se tiene medios de vida suficientes, una autorización de residencia PERMANENTE. Sin embargo, Ecuador recién se adhirió en el 2011 y todavía no ha quedado plenamente vinculado al Convenio, pues falta la manifestación del consentimiento, que debe dar el Presidente de la República, mediante el correspondiente instrumento de ratificación, para que, a su vez, sea depositado en el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Paraguay, que es el Estado depositario del mencionado Convenio. Hasta tanto Ecuador no efectúe el mencionado depósito del instrumento de ratificación, no está todavía obligado a aplicar el Convenio (ni tan siquiera se ha acordado una aplicación provisional). A la vez, para que el Presidente de la República pueda efectuar la ratificación y disponer el depósito del respectivo instrumento, dado que por la naturaleza del Convenio será necesario reformar normativa interna, de acuerdo con la Constitución de la República, se requiere de la previa aprobación de la Asamblea Nacional, para lo cual, previamente, el Presidente de la República deberá someter el Convenio al dictamen de constitucionalidad de la Corte Constitucional. Como puede darse cuenta, son varios pasos, que vienen marcados por la Constitución de Ecuador y que no pueden ser pasados por alto, antes de que se pueda ratificar el Convenio y depositar el instrumento. Luego, será necesario que se publique en el Registro Oficial la certificación del Ministerio de Relaciones Exteriores de que, en cumplimiento de lo dispuesto por el Presidente de la República, se ha procedido a depositar el instrumento de ratificación del Convenio y que desde la fecha correspondiente, es obligatorio y vinculante para la República del Ecuador y que, por tanto, debe dársele cumplimiento. Esto puede tardar, quizás, un año más, ya que estos procedimientos van de acuerdo con la agenda de la Presidencia de la República y la Asamblea Nacional y el grado de prioridad que, por razones de urgencia u oportunidad política se le quiera dar al asunto. Hasta tanto, por ello, no es posible aplicar este Convenio, sino que sigue siendo de aplicación la Ley de Extranjería y su Reglamento de desarrollo, junto con la Ley de Migración y su Reglamento de desarrollo.

La visa de NO INMIGRANTE, categoría 12-IX, que tiene una vigencia máxima de 180 días, es para turismo; estudios que vayan a durar más de 90 días y hasta 180; actos de comercio (en el sentido en el que vienen definidos en el Código de Comercio) y para cualquier otra actividad o por cualquier otro motivo que no se encuadre en los otros tipos de visa de NO INMIGRANTE, a juicio del Consulado General del Ecuador acreditado en la correspondiente demarcación consular o ya dentro de Ecuador, a juicio de la Dirección General de Migración y Extranjería del Ministerio de Relaciones Exteriores. Pero, este tipo de visa de NO INMIGRANTE, categoría 12-IX, NO PERMITE trabajar por cuenta ajena, como trabajador sujeto al Derecho Laboral. Para eso, hay una visa específica, cuando el contrato de trabajo es temporal (NO INMIGRANTE, categoría 12-VI) o cuando el contrato de trabajo es por tiempo indefinido (visa de INMIGRANTE, categoría 9-IV). Y en ambos casos, cuando se trata de una relación laboral, sujeta al Código del Trabajo, es necesaria la previa autorización laboral del Ministerio de Relaciones Laborales, que es un certificado que se expide en el sentido de que no hay trabajadores ecuatorianos cualificados disponibles para ocupar el puesto de trabajo que se le ofrece al trabajador extranjero o en su defecto, que el trabajador extranjero va a desempeñar funciones administrativas de confianza.

Si usted se quiere casar con él, es correcto que él ingrese en Ecuador provisto de esa visa de NO INMIGRANTE, categoría 12-IX. En cuando llegue, tiene un plazo de 30 días, para comparecer en el Ministerio de Relaciones Exteriores y solicitar la inscripción en el Registro de Extranjeros. La visa, como ha quedado indicado, tiene una vigencia máxima posible de hasta 180 días. Para casarse, será necesario, a la vez, que él permanezca en Ecuador un mínimo de 75 días de forma continuada. Y la boda, solo se podrá llevar a cabo en las dependencias del Registro Civil en Quito o en Guayaquil y en ningún otro sitio (no es posible, en estos casos, matrimonios entre ecuatorianos y extranjeros no domiciliados en el Ecuador, la celebración del matrimonio civil en viviendas o clubes sociales, pues así lo ha dispuesto la Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación). Hay un apartado en este mismo foro, que versa sobre matrimonios en Ecuador.

Cuando se haya casado, sin dilación alguna, usted debe cambiar su cédula, donde indique que su estado civil es el de casada y con la constancia del nombre de su cónyuge. A continuación, debe dirigirse, otra vez, al Ministerio de Relaciones Exteriores y solicitar una MODIFICACIÓN de su visa de NO INMIGRANTE, categoría 12-IX a una visa de INMIGRANTE, categoría 9-VI (amparo como cónyuge de ecuatoriana). Una vez resuelto el procedimiento y concedida la visa, le entregarán la orden para la cédula de identidad ecuatoriana, que solo se puede obtener en las oficinas de Quito, Guayaquil y Cuenca, de momento (si vive en Guayaquil, por ejemplo, no es posible que esta cédula de identidad para extranjeros, cuando es la primera vez, sea obtenida en el Registro Civil de Guayaquil, a cargo de la Corporación Registro Civil). Ya con la cédula de identidad ecuatoriana, el extranjero puede trabajar en cualquier actividad.

Debe tener en cuenta, en todo momento, los PLAZOS. Sobre todo, porque si los deja transcurrir y vencen, ya no se podrá tramitar nada cuando se produce la caducidad de una autorización o de un documento. Si los plazos se les echan encima, lo más prudente sería que contrajeran el matrimonio civil dentro del plazo de vigencia de su visa de NO INMIGRANTE 12-IX (180 días, pero solo podrán casarse transcurridos 75 de su entrada en Ecuador). Si tuviera planificado casarse por algún rito religioso, ese sí puede esperar lo que quieran y haga falta (es requisito previo haber contraído matrimonio civil, los ministros de cualquier culto religioso permitido en Ecuador, tienen prohibido celebrar el matrimonio entre sus fieles si no se les presenta el certificado de matrimonio civil); pero el civil, que en Ecuador es el único que reconoce el Estado, deben celebrarlo ateniéndose a los plazos fijados.

Por lo demás, su novio quedará sujeto a la normativa vigente en la materia, que es la misma para todos los extranjeros: Constitución de la República; Ley de Extranjería y su Reglamento de desarrollo y Ley de Migración y su Reglamento de desarrollo. La concesión de la visa de INMIGRANTE y la inscripción en el Registro de Extranjeros con esa calidad, tiene por efecto la adquisición de domicilio político en Ecuador (según el concepto que se da en el Código Civil).

Un cordial saludo.

Muchas gracias por su respuesta, de los 75 días que tiene que estar en Ecuador ya no sirve los que estuvo aquí antes de viajar a Venezuela? Estuvo 1 año 8 meses y recién tiene 1 semana allá. Podría él trabajar de alguna manera durante esos 75 días? Muchas gracias por su atención.

Hola.

NO. Los 75 días se tienen que contar desde su ingreso en Ecuador. Son 75 días continuados.Por ello, no se puede computar el tiempo que hubiera estado antes, porque su salida del país ya rompió la continuidad de la permanencia. Tiene que comenzar a contar otra vez, desde su nuevo ingreso.

Cuando ingrese en Ecuador, debe presentar el pasaporte en vigor con la visa expedida en el Consulado, junto con el certificado de visación. Luego, tiene que, en el plazo de 30 días, solicitar la inscripción de su visa en el Registro de Extranjeros, a cargo de la Dirección General de Migración y Extranjería, del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Con la visa 12-IX, mientras esté vigente, solo puede realizar actos de comercio (compra de género destinado a la reventa; corretaje comercial; ser comisionista, etc.), o presentaciones artísticas, si fuera el caso, pero no puede ser contratado laboralmente, ya que este tipo de visa no lo permite, no está concebida para ese fin.

Un cordial saludo.

Y una última consulta, me podría explicar como funciona aquí el matrimonio por poder? Estando el en Venezuela y yo en Ecuador. El tiempo y dinero que llevaría.

Muchísimas gracias por su ayuda

agrodrig escribió:

Y una última consulta, me podría explicar como funciona aquí el matrimonio por poder? Estando el en Venezuela y yo en Ecuador. El tiempo y dinero que llevaría.

Muchísimas gracias por su ayuda


Hola. El matrimonio entre ecuatoriano y extranjero no residente en el Ecuador, tiene que ser presencial. No se admite poder (no hay una limitación legal; el Código Civil solo dice LOS CONTRAYENTES, pero no especifica nada más; sin embargo, la Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación, resolvió que no se admitirían matrimonios por poder, cuando el contrayente extranjero no estuviera domiciliado en Ecuador).

Solo se admite poder si el matrimonio se va a celebrar entre ecuatorianos o entre ecuatoriano y extranjero residente en el Ecuador o entre extranjeros residentes en el Ecuador.

Un cordial saludo.

Una vez más quiero agradecer por su ayuda.

Y una pregunta, en cuanto tiempo no puede regresar al Ecuador una persona extranjera que se pasó del tiempo regular de su visa?

Saludos

agrodrig escribió:

Una vez más quiero agradecer por su ayuda.

Y una pregunta, en cuanto tiempo no puede regresar al Ecuador una persona extranjera que se pasó del tiempo regular de su visa?

Saludos


Hola. De acuerdo con el Reglamento a la Ley de Extranjería, que desarrolla lo dispuesto en la Ley de Extranjería, las personas extranjeras, cuando entran como transeúntes (turistas), pueden permanecer hasta tres meses por año.

Si la persona viaja con frecuencia, de cada período que vaya, se irán descontando los días, hasta completar los tres meses. Por eso, para viajes frecuentes, por negocios o trabajo, es conveniente que el extranjero solicite la visa de NO INMIGRANTE, categoría 12-XI, que es para entradas múltiples.

Con todo, queda salvo lo dispuesto en Convenios internacionales y la reciprocidad internacional.



En lo que respecta a las personas que han permanecido en Ecuador más tiempo del autorizado: si bien ya no existe la multa, que antes se imponía, sigue estando vigente la disposición de la Ley de Migración que establece que es causal de exclusión para la admisión a territorio de la República del Ecuador, el haber permanecido con anterioridad por un tiempo superior al permitido.

Hay que tener en cuenta que los agentes de Migración de la Policía Nacional se limitan a aplicar la Ley de Migración y su Reglamento de desarrollo, por lo que no se puede pretender que dejen de cumplir con su obligación. Por lo general, cuando la persona extranjera ha permanecido más tiempo del autorizado y se marcha de Ecuador, al momento de cruzar el control de Migración, el agente de la Policía Nacional que efectúa el control le advierte de ello y de que no puede regresar al país, en calidad de transeúnte, hasta dentro de 9 meses (porque máximo puede estar tres meses por año).

El haberse encontrado en Ecuador en situación irregular, no es por sí solo causal de denegación de visas de otras categorías por parte de los Consulados del Ecuador acreditados en el extranjero. Sin embargo, en el Consulado advertirán de ello, bien por los sellos del pasaporte, bien por la consulta en la base de datos de la Policía Nacional (que preceptivamente, debe consultarse, al momento de resolver sobre una solicitud de visa, tanto por si el sujeto extranjero tuviera antecedentes penales en el Ecuador, como por si estuviera en la lista de la INTERPOL, reclamado por la Justicia de otro país).


Por eso, es importante no permanecer más tiempo del autorizado e igualmente, cualquier modificación que quiera hacerse, se la tiene que solicitar durante el tiempo de permanencia legal. Una vez que haya caducado la autorización que confiere la admisión como turista, ya no se podrá solicitar modificación alguna y la persona, forzosamente, tendrá que salir de Ecuador, pues no solo que se encontrará dentro en situación irregular, sino además, imposibilitada de regularizarla.


Un cordial saludo.

Muy buenos días, quiero saber qué necesito para casarme con mi novia venezolana, soy ecuatoriano y vivo en ecuador, ella vendrá este año y me gustaría que me ayude con los requisitos para poder casarnos y vivir aquí en Ecuador. Muchas gracias por su ayuda.

ferkalle escribió:

Muy buenos días, quiero saber qué necesito para casarme con mi novia venezolana, soy ecuatoriano y vivo en ecuador, ella vendrá este año y me gustaría que me ayude con los requisitos para poder casarnos y vivir aquí en Ecuador. Muchas gracias por su ayuda.


Hola. Para casarse en Ecuador, TODO EXTRANJERO (de cualquier nacionalidad), debe cumplir con los siguientes requisitos:

A) Ingresar en Ecuador con una visa de NO INMIGRANTE diferente de la de turista. A estos efectos, se recomienda ingresar con la 12-IX (tiene una vigencia de hasta 180 días). Se recalca: NO BASTA ENTRAR COMO TURISTA, aunque la persona por su nacionalidad no requiera visa para entrar en Ecuador, si la finalidad es contraer matrimonio en Ecuador, es preceptivo el ingreso con la visa mencionada. Puede también obtenérsela en Ecuador, pero es mucho más recomendable ir con la visa desde el país de origen.

NOTA IMPORTANTE.- No olvidar que todos los extranjeros que ingresen en el Ecuador con visa de NO INMIGRANTE están obligados a solicitar la inscripción de su visa en el Registro de Extranjeros, a cargo del Ministerio de Relaciones Exteriores, en el plazo de 30 días siguientes a su ingreso en el país (se exceptúan los titulares de visa 12-X). Por ello, es importante que no olvide este detalle y no deje pasar el plazo sin dar cumplimiento a la citada obligación, impuesta por la Ley de Extranjería.

B) Permanecer en Ecuador, de manera CONTINUADA, durante 75 DÍAS. Antes de que transcurra ese tiempo, no puede llevarse a cabo la boda.

C) La boda EXCLUSIVAMENTE se podrá celebrar en las oficinas principales del Registro Civil de Quito y Guayaquil y en ningún otro sitio (ni en otras oficinas del Registro Civil, ni en viviendas, salones de fiestas, clubes sociales, etc.). De modo que, las personas que son de otras ciudades de Ecuador, deben dirigirse a alguna de las dos ciudades mencionadas para contraer matrimonio.

D) Si la persona extranjera tiene planes de permanecer en Ecuador, se hace necesario que, sin dilación alguna, tras la boda, solicite la MODIFICACIÓN de su visa con la que entró en Ecuador para casarse a la visa de INMIGRANTE, categoría 9-VI, de amparo familiar (es la que le corresponde a los cónyuges extranjeros de ecuatorianos). Este procedimiento debe efectuarse en el Ministerio de Relaciones Exteriores, que es el órgano de la Administración Pública Central con competencias en Extranjería.

E) A efectos de que el matrimonio sea también reconocido en el país de nacionalidad de la persona extranjera, se recomienda que se solicite oportunamente el reconocimiento e inscripción del matrimonio en ese país, a través del Consulado General acreditado en Ecuador que le corresponda, según el lugar donde viva. Es importante no perder de vista este detalle cuando hay matrimonios con personas de otras nacionalidades.


Un cordial saludo.

Hola muy buenas tardes
tengo una duda muy grande, soy venezolano vivo en ecuador y ya tengo casi 2 años ilegalquiero viajar la proxima semana a mi pais porq no me dan opciones de arreglar mis papeles quiero saber si es posible llegar a venezuela sacar una visa y volver a entrar sin esperar 9 meses y saber cual es la visa no me gusta estar ilegal aca porfavor ayudame con eso lo ma spronto posible gracias

yoandry escribió:

Hola muy buenas tardes
tengo una duda muy grande, soy venezolano vivo en ecuador y ya tengo casi 2 años ilegalquiero viajar la proxima semana a mi pais porq no me dan opciones de arreglar mis papeles quiero saber si es posible llegar a venezuela sacar una visa y volver a entrar sin esperar 9 meses y saber cual es la visa no me gusta estar ilegal aca porfavor ayudame con eso lo ma spronto posible gracias


Hola. En efecto, ya pasó el plazo que se fijó en el Estatuto Migratorio celebrado entre Ecuador y Venezuela, para regularizar la situación de sus respectivos nacionales, que estuvieran viviendo en el territorio del otro Estado en situación irregular.

Puede salir, pero no podrá volver hasta transcurridos 9 meses. Si desea, puede intentar solicitar la visa 12-IX en el Consulado de Ecuador en su país, acogiéndose a lo previsto en el Estatuo Migratorio entre Ecuador y Venezuela. Pero, no hay que olvidar, que el mencionado Convenio internacional remite a las legislaciones de ambos países (es decir, en ningún caso se ha buscado pasarse por alto las respectivas legislaciones, los Convenios internacionales nunca buscan, ni pueden pretender el incumplimiento de las leyes de los respectivos países). Y el Consulado, en ejercicio de sus competencias, le requerirá que muestre los sellos de entrada y salida del Ecuador y está obligado, por así disponerlo el Reglamento a la Ley de Extranjería, a pedir informe a la Dirección Nacional de Migración de la Policía Nacional, para comprobar si usted se encuentra en alguna de las causales de exclusión previstas en la Ley de Migración. Y haber excedido el tiempo concedido, es una causal de exclusión, así como también  haber modificado de hecho su calidad y categoría migratoria.

Pero, lo anterior, es lo que correspondería hacer conforme el procedimiento marcado por la normativa. La última palabra, la tiene el Consulado, que tiene amplias facultades para requerir documentación adicional e incluso, si es necesario, mantener una entrevista con el interesado, antes de pronunciarse. Incluso, puede ser necesario que usted tenga preparada una justificación suficientemente convincente para tener que volver a Ecuador (por ejemplo, tener intereses en el país, como algún negocio, haberse matriculado en algún curso y tener que asistir a clases o a su graduación, tener parientes ecuatorianos o parientes de su país residiendo legalmente en Ecuador)y si es necesario, el Consulado debe consultarlo con el Consejo General de Política Migratoria, antes de resolver.

El Convenio entre Ecuador y Venezuela, por el que se estableció el Estatuto Migratorio, en realidad, solo ofrece como beneficio el hecho de que se pueda entrar como turista sin necesidad de visado (antes Venezuela exigía visado a los ecuatorianos, si entraban por vía terrestre en su territorio) y poder prorrogar la permanencia como turista por 90 días más. Y estableció, TEMPORALMENTE, un mecanismo de regularización, que por el carácter extraordinario que tuvo, se le concedió un plazo de vigencia de 180 días, que ya pasaron hace mucho tiempo. En lo demás, se remite a la legislación interna, que en el caso de Ecuador, es la Ley de Extranjería y su Reglamento de desarrollo.

Si quiere consultar el Convenio internacional sobre Estatuto Migratorio entre Ecuador y Venezuela, puede hacerlo en el siguiente enlace:

http://www.embajadaecuador.com.ve/ESTAT … EZUELA.pdf


Un cordial saludo.

gracias por tu respuesta ahora porfavor dime esta mal que salga del pais? quiero arreglar mis papeles llame al consulado del ecuador y me dijeron q si puedo hacerlo y entrar al ecuador pidiendo un contrato de trabajo en el q estaba es q me estan ofreciendo trabajo pero necesito estar legal aqui en ecuador q puedo hacer yo? le pido a la empresa un sub contrato aprovado por el municipio o q puedo hacer :S

yoandry escribió:

gracias por tu respuesta ahora porfavor dime esta mal que salga del pais? quiero arreglar mis papeles llame al consulado del ecuador y me dijeron q si puedo hacerlo y entrar al ecuador pidiendo un contrato de trabajo en el q estaba es q me estan ofreciendo trabajo pero necesito estar legal aqui en ecuador q puedo hacer yo? le pido a la empresa un sub contrato aprovado por el municipio o q puedo hacer :S


Hola. Debe salir de Ecuador y volver a entrar. Estando en situación irregular no puede hacer nada dentro, porque el Reglamento a la Ley de Extranjería establece como condiciones para toda modificación que la persona lo solicite MIENTRAS DURE SU PERMANENCIA LEGAL EN EL PAÍS.

Puede consultar el apartado de VISAS de este foro.  Si le digo que solicite la visa 12-IX, es porque usted se encuentra en una causal de exclusión de las previstas en la Ley de Migración y porque cuando se sale, no se puede volver en 9 meses. Solicitando esa visa 12-IX, si le es concedida, puede entrar sin correr riesgo de que no se le permita la entrada en el país por estar en causal de exclusión y porque no han transcurrido todavía 9 meses.

Y las visas de trabajo (INMIGRANTE 9-IV y NO INMIGRANTE 12-VI), presuponen la existencia de un contrato de trabajo, inscrito en la Inspectoría Provincial de Trabajo y luego, la autorización laboral del Ministerio de Relaciones Laborales. Para poder modificar a ellas, es necesario que el fundamento jurídico que permite su concesión (contrato de trabajo y autorización laboral del Ministerio de Relaciones Laborales), esté concluido, formalizado y ello, requiere la presencia en Ecuador del sujeto, en situación regular, para que luego, sea posible la modificación.


Un cordial saldo.

buenas tardes!

soy venezolana y me quiero ir a vivir a ecuador, mis dos hijos son ecuatorianos y mi pareja también lo es, fui al consulado y me dijeron q tenia q sacar una visa 12-IX pero mi duda es como hago para solicitar la carta de residencia y si me dan cédula?

gracias!

Buenas tardes amigo marquesdevelez, luego de leer un poco las inquietudes de varios amigos he visto que ninguno se asemeja a lo que a mi me pasa. Yo Soy Venezolano y viaje a Ecuador 2 veces y sumando ambas estadias estuve 99 dias, lo que significa que me pase de los 90 dias permitidos para los turistas. Necesito volver a Ecuador pero no puedo esperar los 9 meses que me exige la ley entonces necesito solicitar una visa. YA intente solicitar ante el Consul una visa 12Ž-9 y le dije que queria llegar al pais para estar en conversaciones con la Universidad Central del Ecuador para hacer un trabajo especial de pregrado (Tesis) en conjunto con mi Universidad de Origen en Venezuela. El consul me dijo que debia conseguirle un documento de parte de mi Universidad aqui en Vzla dirigida a el como Consul donde mi Universidad diga que esta de acuerdo en que yo haga esa tesis en aquella Universidad de Ecuador. Ese documento no puedo conseguirlo debido a que la Universidad esta cerrada por las manifestaciones que se estan dando en mi pais. Mi pregunta es, puedo solicitar ante el mismo Consul la visa de turista 12-10 para hacer esas gestiones en Ecuador? Me la negara por tratarse de un cambio de solicitud y lo tilde de sospechoso? Es ilegal que yo pida una visa 12-10 de turista y que justifique que estare visitando la UCE para esas gestiones estudiantiles? Hay alguna visa que me recomiendes solicitar? Es cierto que existe una visa 12-11? Gracias por tu tiempo. Saludos.

hola que tal soy venezolana me quiero ir a vivir con mi esposo e hijo 2 años a ecuador solicitaremos la visa 12 xi pero que pasos debo hacer al llegar alla ya que no quiero volver a mi pais

Hola buenas. Yo soy venezolana con esposo e hijo venezolanos..ambos somos abogados... tambien queremos irnos? Pero no se absolutamente nada de.las visas o que tengo que hacer. Por favor ayuda! Gracias

buenas tardes soy venezolana y quisiera vivir y trabajar en ecuador cuales son los pasos a seguir para poder hacerlo. debo acotar que mi profesión es licenciada en bioanalisis (laboratorista creo que se le dice en ecuador) es posible ejercer mi profesión allá?  gracias

este es mi correo electrónico [email protected];amigos venezolanos que  ya hayan hecho los tramites o sepan algo de verdad estoy full interesada

Sr. Márquez  buenas tardes, por favor me podria aclarar ciertas dudas.
Primero soy venezolana y no necesitamos visa para entrar a Ecuador, entonces a que se refiere cuando hablan de que la visa se vence a los 90 dias? Acaso se refiere a lo mismo a que le sellen el pasaporte para una permsnencia de un máximo de 90 dias? Lo que equivale a la I-94 cuando se entra a EEUU

Segundo, si se refiere a lo mismo y me dan estadia por 90 dias entonces en que momento debo pedir la prorroga de los otros 90 dias?

Tercero: si despues que hago la prorroga y ya casi a vencerse los 180 es que me tocaria aplicar por la visa, pero tengo entendido que la visa 12 y la 9, tienen que ser por contrato de trabajo, que otra visa es valida sólo para quedarse legalmente en Ecuador ya que en Venezuela ya es imposible vivir con tanta delicuencia, escasez y violacion de derechos humanos, entonces que otro alegato se podría usar para conseguir la visa que te da opción a permanecer por un año y luego cambiarla por otra que te da derecho a otro año y después de esto puedes conseguir residencia?

Cuarto:  Puedo alegar que alguien viviendo en el extranjero va a cubrir mis gastos y los de mi hijo?

Quinto:  Que pasa si estando alla y pasado casi los 180 dias me enamoro de alguien y quisiera casarme? No podría hacerlo porque he tenido que cambiar mi visa con sntelacio? O como procede esto? Porque obviamente uno no sabe que le tiene deparado el destino entonces uno no puede adelantarse a los acontecimientos.

Y por último, estos trámites los puedo hacer yo sola o es necesario la contratación de un abogado, de ser asi me podría dar referencias de alguno por favor.   Muchísimas gracias.

Indecisa escribió:

Sr. Márquez  buenas tardes, por favor me podria aclarar ciertas dudas.
Primero soy venezolana y no necesitamos visa para entrar a Ecuador, entonces a que se refiere cuando hablan de que la visa se vence a los 90 dias? Acaso se refiere a lo mismo a que le sellen el pasaporte para una permsnencia de un máximo de 90 dias? Lo que equivale a la I-94 cuando se entra a EEUU

Segundo, si se refiere a lo mismo y me dan estadia por 90 dias entonces en que momento debo pedir la prorroga de los otros 90 dias?

Tercero: si despues que hago la prorroga y ya casi a vencerse los 180 es que me tocaria aplicar por la visa, pero tengo entendido que la visa 12 y la 9, tienen que ser por contrato de trabajo, que otra visa es valida sólo para quedarse legalmente en Ecuador ya que en Venezuela ya es imposible vivir con tanta delicuencia, escasez y violacion de derechos humanos, entonces que otro alegato se podría usar para conseguir la visa que te da opción a permanecer por un año y luego cambiarla por otra que te da derecho a otro año y después de esto puedes conseguir residencia?

Cuarto:  Puedo alegar que alguien viviendo en el extranjero va a cubrir mis gastos y los de mi hijo?

Quinto:  Que pasa si estando alla y pasado casi los 180 dias me enamoro de alguien y quisiera casarme? No podría hacerlo porque he tenido que cambiar mi visa con sntelacio? O como procede esto? Porque obviamente uno no sabe que le tiene deparado el destino entonces uno no puede adelantarse a los acontecimientos.

Y por último, estos trámites los puedo hacer yo sola o es necesario la contratación de un abogado, de ser asi me podría dar referencias de alguno por favor.   Muchísimas gracias.


Hola:

1.- La regla general es que a todo extranjero que ingrese en Ecuador, bien con su pasaporte en vigor (que debe tener una validez de, al menos, 6 meses) o bien con su documento de identidad cuando exista Convenio que lo permite (personas de Venezuela, Colombia, Perú, Bolivia, Chile, Argentina, Brasil, Uruguay y Paraguay), se le  concede originalmente 90 días para permanecer en el país en calidad de TRANSEÚNTE o TURISTA.

NOTA.- Visa, en este sentido, muy genérico, es sinónimo de sello de admisión al país. Cuando un turista extranjero entra en Ecuador, se le estampa en el pasaporte un sello de admisión, que es el T-3, que permite permanecer hasta por 90 días como turista. Pero no ha de confundirse con visa consular (la que expiden en los Consulados a quienes la necesitan para ingresar en Ecuador, que actualmente son muy pocas nacionalidades), ni con visa de larga permanencia (NO INMIGRANTE o INMIGRANTE, según sea el caso), que se expiden en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana. En efecto, hay personas que por su nacionalidad no requieren visa para ENTRAR en Ecuador. Pero, quien se quiera quedar a vivir en el país y desarrollar actividades lucrativas, debe solicitar oportunamente la visa de larga permanencia, según sean sus circunstancias.

2.- Si la misma persona decide que quiere permanecer en Ecuador, como turista, por más de 90 días, dependerá de la nacionalidad:

A) Nacionales de Venezuela, Colombia, Perú, Bolivia y Brasil: deben dirigirse a la Unidad Provincial de Información Migratoria de la Dirección Nacional de Migración de la Policía Nacional y solicitar una PRÓRROGA DE ESTANCIA COMO TURISTA. Esta prórroga se concede por OTROS 90 días, siempre que se la solicite OPORTUNAMENTE, es decir, antes de que venzan los primeros 90 días concedidos. La prórroga es gratuita.

B) Nacionales de cualquier otro Estado: si desean permanecer en el Ecuador por otros 90 días, como simples turistas, deben dirigirse al Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, antes de que expiren los 90 días concedidos originariamente  y solicitar una visa de NO INMIGRANTE, categoría 12-X, que tiene una vigencia máxima de 90 días y su expedición tiene fijado un valor de 60 dólares.

Todo lo antes dicho, debe entenderse referido, exclusivamente, a los supuestos en los que las personas extranjeras tengan como intención al ingresar en el Ecuador, exclusivamente, el TURISMO. Quien tenga intenciones diferentes, debe seguir otros caminos.

3.- Cada tipo de visa está diseñado para un supuesto concreto y preciso. Las personas interesadas deben determinar con exactitud su situación (y esa es la falla que se suele notar: la gente no siempre dice con precisión todas sus circunstancias), ya que sólo de esa manera se puede determinar el camino más idóneo y menos engorroso.

4.- De entrada puedo decirle, como tantas veces se ha repetido en este foro, que las personas que tengan título universitario, tienen el camino más expedito, porque sólo requieren :

- Ingresar en Ecuador con una visa de NO INMIGRANTE categoría 12-IX, inscribirla en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana e inscribirse en el Empadronamiento de Migración. Puede también pedirse esta visa, ya dentro de Ecuador, en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana. Esta visa se concede por un tiempo superior a 90 días y hasta por un máximo de 180 días por año. No es renovable.

- Solicitar en la SENESCYT el reconocimiento de sus títulos universitarios.

- Cuando se obtenga el reconocimiento del título, solicitar la visa de INMIGRANTE, categoría 9-V, de profesional liberal, en el mismo Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana. Esta visa permite trabajar. Los que obtengan esta visa están obligados a obtener cédula de identidad ecuatoriana como extranjeros.

5.- Las personas de nacionalidad venezolana, que no puedan acogerse a ninguno de los tipos de visa previstos en la Ley de Extranjería (tenga presente que la situación de la persona debe encuadrar con exactitud en el supuesto previsto por la Ley), pueden acogerse a lo establecido en el Convenio sobre Estatuto Migratorio Permanente entre Ecuador y Venezuela y solicitar una visa de NO INMIGRANTE, categoría 12-XI, prevista en el mencionado Convenio. Para concederla se requiere:

- Pasaporte en vigor, con validez de, al menos, 6 meses.

- Certificado de antecedentes penales, legalizado con la Apostilla de La Haya.

- Acreditar medios de vida suficientes. El Convenio no precisa cómo se debe acreditar, pero el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana ha establecido que, para efectos de acreditar medios de vida, se debe disponer de un salario mínimo vital general por el tiempo que vaya a durar la visa.

- Satisfacer el Arancel Diplomático y Consular fijado (230 dólares).

Luego, debe inscribirse en el Empadronamiento de Migración (4 dólares).

Esta visa 12-XI, que se puede conceder a los venezolanos, en las condiciones pactadas en el Convenio, tiene una vigencia máxima de un año. Puede renovarse, siempre que se lo solicite oportunamente o puede modificarse por una visa de INMIGRANTE, categoría 9-VII, establecida también en el mismo Convenio (siendo requisito para obtenerla, haber tenido antes una visa 12-XI).

Con todo, se recalca que esta vía, establecida en el Convenio entre Ecuador y Venezuela, en la práctica, resulta más conveniente para personas que no se encuentren en situación de acogerse a otro tipo de visa. Porque, por ejemplo, a un venezolano que tenga título universitario, le resultará más conveniente acogerse a lo indicado en el apartado 4 de la presente entrada y lo propio a personas venezolanas que sean cónyuges, convivientes de hecho o parientes dentro del segundo grado de consanguinidad o afinidad de personas de nacionalidad ecuatoriana o extranjeras titulares de visa de INMIGRANTE de categoría diferente a la 9-VI.

6.- Para que un extranjero que no sea residente en Ecuador pueda contraer matrimonio en Ecuador, es necesario que:

- Sea titular de una visa, de cualquier calidad y categoría migratoria de las establecidas en la Ley de Extranjería (puede ser una 12-IX o 12-X).

- Haya permanecido en Ecuador durante 75 días consecutivos.

- Tenga un estado civil, de conformidad con su ley personal, que le permita contraer matrimonio.

En estos casos, el matrimonio, exclusivamente, puede celebrarse en la sede central del Registro Civil en Quito o en Guayaquil, no siendo posible la celebración en lugar diferente.

7.- MODIFICACIÓN DE CALIDAD Y CATEGORÍA MIGRATORIA.- Todo extranjero puede solicitar la MODIFICACIÓN de su calidad o categoría migratoria, en CUALQUIER MOMENTO, mientras dure su permanencia legal en el país. Por ello, si su intención es quedarse a vivir, no necesita esperar a que se agoten los 90 días iniciales como turista, pues bien puede solicitar la visa que desee, en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, si dispone de los documentos necesarios completos y sin defectos de forma. Lo propio puede hacer quien, habiendo entrado o habiendo obtenido ya un tipo de visa, se llega a encontrar en situación de solicitar otro tipo de visa que le resulta más ventajoso (por ejemplo, quien entró con una visa 12-IX y obtuvo el reconocimiento de su título universitario, puede modificar a visa 9-V, en cuanto tenga en su poder los documentos y siempre que no haya vencido la visa 12-IX).

8.- DURACIÓN DE LAS VISAS.- Las visas de INMIGRANTE se conceden por tiempo INDEFINIDO y autorizan a trabajar. Sus titulares adquieren domicilio político en el Ecuador y están obligados a obtener cédula de identidad ecuatoriana como extranjeros. Y son los únicos que podrán, si lo desean, luego de tres años de residencia continuada, solicitar Carta de Naturalización como ecuatorianos.

Las visas de NO INMIGRANTE, se conceden por el tiempo que va a durar la actividad para la que se las solicitó, aunque suelen tener un límite de DOS AÑOS, renovables, excepto la 12-X, que se concede por 90 días; la 12-IX, que se concede por 180 días y la 12-XI, que se concede por un año.

Un cordial saludo.

Muy buenas tardes, Soy venezolano me acabo de graduar en relaciones internacionales estoy pensando irme a trabajar y vivir en quito ecuador, he estado leyendo sobre lugares donde quedarse posibles trabajos por medio de paginas, me gustaria saber si me pueden recomendar en que zona podria quedarme para comenzar en quito, y si la carrera de relaciones internacionales es viable en quito y la visa que necesitaria para trabajar

Buenas noches, gracias por la ayuda que nos presta y su tiempo para responder a cada una de las inquietudes o duda, quisiera preguntar si con la VISA 12XI Convenio Ecuador y Venezuela, podría realizar el reconocimiento de mi titulo en el SENESCYT, ya que poseo esta visa. Gracias por la ayuda

Saludos,  efectivamente, la visa de convenio migratorio Ecuador-Venezuela, y la Visa de Inversionistas son las visas trampolín para poder registrar títulos ante senecyst, saludos.

Quien me puede decir por favor si al llegar a Ecuador cuando vaya a gestionar la visa 12xi tengo que tener la carta de solteria la pregunta es es obligatorio llevar la carta de solteria para realizar esa gestión? Gracias

Felixc485 escribió:

Quien me puede decir por favor si al llegar a Ecuador cuando vaya a gestionar la visa 12xi tengo que tener la carta de solteria la pregunta es es obligatorio llevar la carta de solteria para realizar esa gestión? Gracias


Hola:

El certificado de estado civil no es obligatorio, ni relevante a estos efectos. Lo es para contraer matrimonio y también para la expedición de la cédula de identidad ecuatoriana como extranjero, que sólo se puede expedir a extranjeros titulares de visa de INMIGRANTE.

Un cordial saludo.

marquesdevelez escribió:

Hola.

NO. Los 75 días se tienen que contar desde su ingreso en Ecuador. Son 75 días continuados.Por ello, no se puede computar el tiempo que hubiera estado antes, porque su salida del país ya rompió la continuidad de la permanencia. Tiene que comenzar a contar otra vez, desde su nuevo ingreso.

Cuando ingrese en Ecuador, debe presentar el pasaporte en vigor con la visa expedida en el Consulado, junto con el certificado de visación. Luego, tiene que, en el plazo de 30 días, solicitar la inscripción de su visa en el Registro de Extranjeros, a cargo de la Dirección General de Migración y Extranjería, del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Con la visa 12-IX, mientras esté vigente, solo puede realizar actos de comercio (compra de género destinado a la reventa; corretaje comercial; ser comisionista, etc.), o presentaciones artísticas, si fuera el caso, pero no puede ser contratado laboralmente, ya que este tipo de visa no lo permite, no está concebida para ese fin.

Un cordial saludo.


hola buenas que tal quisiera preguntar para trabajar aya ademas de llevar mi visa de comercio que neceto tener al estar aya censo cedula necesito que me oriente un poco en eso o
solo puedo trabajar con mi pasaporte voy a buscar trabajo como mercaderista ya que tengo una hoja de vida con mucho trabajos de este tipo

Hola buenas noches quisiera saber como hago para poder trabajar y vivir en ecuador... Para que mi hija estudie alla?

Hola venezuelaSoS2015,

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En que campo quieres trabajar?


Joan
Equipo Expat.com

Bueno yo soy abogada pero tengo aqui en venezuela una peluqueria alla en ecuador podria poner peluqueria o ejercer derecho?

:) Buenos días. Actualmente soy estudiante acá en Venezuela (Derecho) y estoy planeando irme por tierra a Ecuador. Mi plan es hacer uso de la visa de turista para que, mientras transcurra el tiempo, pueda trabajar y reunir dinero suficiente para cancelarle a un gestor el apostillamiento de mis documentos en Venezuela y poder regresar y tramitar la visa que más me convenga. Sé que no debería hacer lo que tengo planeado pero soy un estudiante, tramitar tarjeta de crédito ha sido imposible y reunir para boletos de avión aún más. La situación en mi país es crítica y no dispongo de tiempo suficiente como para esperar 2 meses para apostillar mis documentos en las entidades correspondientes ya que el estallido social está muy próximo y esperar sería arrepentirme luego. Será posible encontrar algún trabajo sin tener visa para trabajar?

Hola theonix23,

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Joan
Equipo Expat.com

Saludos y muy interesante la información en el foro, algún consejo que me puedan dar, estoy próximo a apostillar y tengo una duda,

1. Soy licenciado en contabilidad y tecnólogo en administración de empresas,  me recomiendan apostillar 1 o los dos títulos con sus respectivas notas.? O solo la licenciatura? (Es el mismo pesum solo que la licenciatura son 2 años mas para un total de 5)

2. Recién termine un postgrado de 2,5 años en gerencia financiera pero solo tengo las notas certificadas y acta de culminación de carga académica ya que estoy haciendo la tesis,   ¿Es recomendable que apostille las notas y el acta sin tener el titulo aun? Servirá de algo?

3. La universidad pública donde me gradué (Universidad Nacional Experimental de Guayana U.N.E.G) no esta en el listado del SENESCYT ni la de mi esposa (Administradora) tampoco, ley que mi titulo y notas tienen que ir a comité para su evaluación y esta de ser desfavorable la persona debe hacer revalida ¿es costosa la reválida? Que debo hacer si estoy en el país como turista?

4. que otro documento, carta de referencia laboral, bancaria, licencia, debería llevarme o apostillar ya que mis intenciones son buscar empleo de mi profesión y establecer vida allá?

Gracias de antemano por cualquier información brindada

buen dia amigo soy un Venezolano profesional con mas 9 años de experiencia en la industria petrolera  y soy Venezolano ... cual seria el procedimiento para mi proceso migratorio para hacer vida en Ecuador , un nuevo comienzo una nueva vida ...

Hola budias tardes.. soy venezolana de profesion peluquera con un diploma avalado por el ministerio de educacion de mi pais... tengo una hija menor de edad...  estoy pensando en la posibilidad de emigrar a ecuador especificamente a quito... me puedes orientar en los tramites migratorios... q tipo de visa debo tener para poder trabajar alla, etc... bueno en general te agradeceria toda la informacion q me pudieras dar como para emigrar a ecuador... recuerda q tanto mi hija como yo somos venezolanas... de antemano muchas gracias
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Hola, buenas noches a todos. Soy Venezolano de profesión Odontologo y tengo intención de revalidar mi titulo en ecuador y poder emigrar para ese pais y tengo las siguientes interrogantes:

he leido que el titulo se puede revalidar por varias vías la primera de ella es si mi universidad pertenece al listado del senescyt lo cual no es asi, mi universidad no aparece en ese listado por lo cual no aplico por esa via. la segunda opción es por aprobación de un comité que podría ser una opción, pero dentro de los requisitos exigen tener un status legal en el país y no solo una visa de transeúnte o turista. la duda es
como puedo obtener una visa para poder presentar mis documentos????
me han comentado que por convenios del mercosur se puede conseguir una visa de trabajo pero no se si exijan que debe estar viviendo en ecuador ya que actualmente me encuentro en venezuela. existe otro tipo de visa que me pueda servir para poder realizar mi tramite?????
alguien sabe si existe algun convenio entre Ecuador y Venezuela para el reconocimiento directo de los titulos universitarios?????

me despido y agradeciéndoles de antemano.

Buenas tardes. ha sido de mucha ayuda su orientación para mi ya que soy Venezolana con un niño de 11 años con la intención de irme a vivir a Quito, Ecuador. Soy Profesional de la Universidad Catolica Andres Bello de Caracas, Venezuela, y seguiria su consejo de tramitar la visa de No Inmigrante 9-V de profesional Liberal.
Ahora bien si me puede responder lo siguiente se lo agradeceria muchisimo.
Usted dice que el 1er paso es solicitar Visa No Inmigrante Categoria 12-IX. esta tiene una duración de 90 a 180dias inscribirla en el Ministerio de Exteriores y Movilidad Humana.

El siguiente paso es Solicitar en el SENESCYT el reconocimiento de mis titulos universitarios.

LA DUDA:
1.- Cuanto tiempo se tarda con el SENESCYT este proceso de reconocimiento de mis titulos?
porque me preocupa la duración de la Visa 12-IX

2.- que papeles debo presentar para inscribir la Visa 12-IX en el Ministerios de Relaciones Exteriores y Movilidad Huamana y que papeles para inscribirla en el empadronamiento de migración?

3.- Que documentación debo presentar en el SENESCYT para este proceso de reconocimiento de mis titulos?

4.- Que documentación debo presentar  para solicitar la Visa de Inmigrante Categoria 9-V de profesional liberal?

5.- Cuanto tiempo toma el proceso de aprobación de la Visa de Inmigrante Categoria 9-V de profesional liberal?

6.- Usted dice que la puedo pedir estando en Ecuador. Entonces entraria como Turista?

7.- Puedo abrir una cuenta en Ecuador mientras estoy en calidad de turista?

Muchas gracias

LaZurda escribió:

Buenas tardes. ha sido de mucha ayuda su orientación para mi ya que soy Venezolana con un niño de 11 años con la intención de irme a vivir a Quito, Ecuador. Soy Profesional de la Universidad Catolica Andres Bello de Caracas, Venezuela, y seguiria su consejo de tramitar la visa de No Inmigrante 9-V de profesional Liberal.
Ahora bien si me puede responder lo siguiente se lo agradeceria muchisimo.
Usted dice que el 1er paso es solicitar Visa No Inmigrante Categoria 12-IX. esta tiene una duración de 90 a 180dias inscribirla en el Ministerio de Exteriores y Movilidad Humana.

El siguiente paso es Solicitar en el SENESCYT el reconocimiento de mis titulos universitarios.

LA DUDA:
1.- Cuanto tiempo se tarda con el SENESCYT este proceso de reconocimiento de mis titulos?
porque me preocupa la duración de la Visa 12-IX

2.- que papeles debo presentar para inscribir la Visa 12-IX en el Ministerios de Relaciones Exteriores y Movilidad Huamana y que papeles para inscribirla en el empadronamiento de migración?

3.- Que documentación debo presentar en el SENESCYT para este proceso de reconocimiento de mis titulos?

4.- Que documentación debo presentar  para solicitar la Visa de Inmigrante Categoria 9-V de profesional liberal?

5.- Cuanto tiempo toma el proceso de aprobación de la Visa de Inmigrante Categoria 9-V de profesional liberal?

6.- Usted dice que la puedo pedir estando en Ecuador. Entonces entraria como Turista?

7.- Puedo abrir una cuenta en Ecuador mientras estoy en calidad de turista?

Muchas gracias


Hola:

1.- Es más recomendable, en su caso, solicitar la visa de NO INMIGRANTE , categoría 12-XI, prevista en la Ley de Extranjería y que se puede conceder a personas de nacionalidad venezolana, conforme lo dispuesto en el Acuerdo sobre Estatuto Migratorio Permanente entre Ecuador y Venezuela. Vale por un año, renovable por otro. Con esta visa, podrá esperar con tranquilidad a que le sea reconocido su título en la SENESCYT. Se puede hacer extensiva a dependientes (su hijo, por ejemplo) .Le paso la lista de documentos a reunirse en el siguiente enlace:

http://www.cancilleria.gob.ec/visa-12-x … venezuela/

Con la visa 12-XI podría, hasta tanto, trabajar por cuenta propia o ajena, si necesita hacerlo. En cambio, con la 12-IX no se puede trabajar por cuenta ajena (excepto en actividades deportivas o artísticas profesionales).

2.- La SENESCYT ha establecido un plazo de 45 días hábiles para resolver y notificar sobre el reconocimiento de títulos extranjeros. Con todo, debe tener en cuenta que cuando se dice días hábiles, no cuentan sábados, domingos, ni festivos nacionales, provinciales o locales, de modo que eso puede hacer que el tiempo natural real sea superior. Tenga en cuenta que la SENESCYT debe hacer comprobaciones con las universidades extranjeras donde se obtuvieron los títulos y es la respuesta de esas universidades extranjeras la que tarda en llegar y que hace ralentizar el procedimiento.

3.- Para solicitar el  reconocimiento del título extranjero, puede descargarse el modelo de solicitud y la lista de documentos a incluirse en el expediente en el siguiente enlace: www.educacionsuperior.gob.ec .

Cuando usted lea "copia notariada", debe entender "copia auténtica". Y copia auténtica no es otra cosa que una fotocopia corriente en la cual el notario sienta diligencia de autenticación, que consiste en certificar que la copia es igual al original que se exhibe y devuelve al interesado. Desde luego, debe hacerlo un notario en Ecuador.

4.- De más está decir, que TODOS LOS DOCUMENTOS EXTRANJEROS deben estar legalizados según corresponda (Apostilla de La Haya para documentos procedentes de países signatarios de ese Convenio o procedimiento ordinario).

5.- Los documentos necesarios para solicitar la visa de INMIGRANTE, categoría 9-V, de profesional liberal, puede encontrarlos en el siguiente enlace, del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana:

http://www.cancilleria.gob.ec/visa-9-v-profesional/

Recuerde que, primeramente, deberá tener el título reconocido por la SENESCYT e inscrito en el SNIESE (Sistema Nacional de Información de Educación Superior del Ecuador).

NOTA.- No tome en cuenta el número 6, ni el número 9, porque no se corresponden con su caso. En el número 1, la petición debe, en este caso, redactarla usted misma y básicamente, no es algo distinto a ninguna solicitud que ya haya podido hacer antes para cualquier otra cosa. Simplemente debe indicar que al momento tiene su título reconocido por la SENESCYT, que es su interés establecerse en Ecuador en calidad de INMIGRANTE y que cumple con los requisitos para la concesión de la visa de INMIGRANTE 9-V, por lo que solicita que,previo estudio, calificación del expediente, se le conceda la visa de INMIGRANTE 9-V. Puede también hacer el compromiso formal de hacer uso correcto de la visa, de respetar y obedecer la Constitución, leyes y autoridades legítimas de Ecuador y a no hacer nada que perturbe el orden público, la seguridad del Estado, la paz social o las relaciones internacionales del Ecuador con otros Estados. La solicitud no debe tener más de una página, debe ser clara, concisa, precisa y no dar información que no resulte relevante, ni pertinente a los efectos de la concesión de la visa.

No se necesita patrocinio de abogado para efectuar el trámite.

6.- El plazo para resolver sobre la concesión de una visa, fijado en el Reglamento a la Ley de Extranjería, es de QUINCE DÍAS HÁBILES. La notificación se practica por correo electrónico, desde una dirección institucional (@cancilleria.gob.ec).

7.- Los titulares de visa de INMIGRANTE, están obligados a obtener cédula de identidad ecuatoriana como extranjeros. Esto es competencia de la Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación.

8.- Para su hijo, debe luego solicitar la visa de INMIGRANTE, categoría 9-VI, de AMPARO FAMILIAR:

http://www.cancilleria.gob.ec/amparo-en … -9-iv-9-v/

NOTA.- Al final hace referencia a la presentación de la última declaración de impuesto a la renta del amparante: tal documento es exigible al amparante extranjero que ya hubiera estado residiendo en Ecuador, al menos, un año. Pero si recién ha llegado al país, desde luego que no podrá tener ese documento. Entonces, puede suplirse tal documento con una certificación bancaria o tarjeta de crédito internacional, que permita acreditar que cuenta con recursos o ingresos iguales o superiores a la cantidad indicada: mil dólares de los Estados Unidos de América.

9.- Actualmente, puede, incluso, el trámite en la SENESCYT, hacerse estando como turista. El problema radica en que como turista se le conceden 90 días, prorrogables por otros 90 únicamente a nacionales de Colombia, Perú, Bolivia, Venezuela y Brasil. En total, las personas de los países mencionados pueden estar hasta por 180 días como turistas. Pero, como turistas, no pueden desarrollar ninguna actividad lucrativa, lo cual puede no convenir a quienes tengan necesidad de trabajar cuanto antes, ya que 180 días sin poder trabajar y generarse ingresos legalmente, puede ser demasiado tiempo para muchas personas, teniendo en cuenta el coste de la vida (una economía dolarizada, que puede tener precios altos para quienes vayan de países con moneda propia que valga menos que el dólar estadounidense) y que cada mes hay gastos fijos. Por eso, en su caso y de otras personas en situación similar a la suya, podría convenirle, primero, solicitar la visa 12-XI, del Convenio Ecuador-Venezuela y cuando ya tenga el título reconocido, puede modificarla a visa de INMIGRANTE 9-V.

10.- Legalmente no hay ya limitaciones para abrir cuentas bancarias a extranjeros que se encuentren como turistas. Pero dependerá de si el banco la acepta o no. Normalmente, no aceptan a gente que esté como simple turista, suelen exigir visa de INMIGRANTE o, al menos, visa de NO INMIGRANTE de categoría distinta de la 12-X. Si obtiene la visa 12-XI del Convenio Ecuador-Venezuela, debería ser suficiente, ya que es una visa que tiene vigencia por un año. Los bancos que son menos problemáticos con la clientela extranjera son Banco del Pichincha, Banco Bolivariano y Banco de Guayaquil. Normalmente, los bancos en Ecuador exigen referencias comerciales, que no son otra cosa que cartas simples, de naturaleza mercantil, en la cual cualquier persona que ha tenido relación comercial con el potencial cliente del banco, certifica que ha mantenido relaciones comerciales con esa persona y que han sido correctas.

Se recalca que TODO titular de visa de INMIGRANTE está habilitado para trabajar en el sector privado, por cuenta ajena o propia. Los titulares de visa de NO INMIGRANTE 12-XI, deben solicitar, luego de la concesión de la visa, una autorización laboral en el Ministerio del Trabajo, aunque para ello, es necesario que ya tenga empleador dispuesto a contratarlo, porque se requiere el contrato de trabajo celebrado por escrito y con cláusula de exclusividad con el empleador en cuestión.

Un cordial saludo.

Sr. Marques. Muchísimas gracias!!! Todo muy claro!! Es usted una persona con una calidad humana increíble. Su ayuda es maravillosa.
muchas gracias

Otra pregunta: he leído que uno tuviera que demostrar con estados de cuenta actualizados la capacidad económica de manutención en ecuador mientras uno no empiece a trabajar. Son $340.
La duda: a que tasa de cambio convierto los bolívares? La oficial del gobierno venezolano 12bs por dollar o la de simadi definida por el gobierno de 190bs por dollar o la del mercado paralelo llamada también mercado negro y considerada por el gobierno como ilegal?