Estás aquí: Foro > Vivir en América del Sur > Ecuador > Visados > Cambiar Visado en Ecuador (turismo-trabajo)
  Registrarse y contestar  

Cambiar Visado en Ecuador (turismo-trabajo)


#1  2012-05-17 18:31:59

RubénCZ
Active member
Ubicación: Málaga
Registrado: 2011-12-29
Mensajes: 27

Cambiar Visado en Ecuador (turismo-trabajo)

Saludos a todos.

Desde ya les doy las gracias por leer mi duda. Ojalá puedan ayudarme.

Tengo una duda concreta en relación al visado y en el consulado del Ecuador en España no consiguen resolverla del todo. Soy español y voy a viajar al Ecuador en unos meses con la idea de iniciar un negocio y proyecto. Mi idea es quedarme unos años en el Ecuador, y luego desarrollar el proyecto por sudamérica. Voy allá solo y sin contrato laboral.

Mi idea es ir con un visado de turista, y una vez allí, pagar mis impuestos y ya poseer un visado de trabajo, ya que yo me contrataría a mí mismo. En el consulado del Ecuador en España me dicen que mi caso se resuelve con el VISADO IX, que permite actos de comercio:

http://www.mmrree.gob.ec/servicios/visa12ix.asp

Según me dijeron, no ven ningún problema en que con ese visado comience mi actividad laboral y luego yo pague mis impuestos y pueda permanecer en el Ecuador. Sin embargo... no me lo aseguran. Sería un gran problema tener que regresar a España para conseguir algún documento.

¿Pueden darme alguna información sobre esto? ¿Ven posible mi idea, o para permanecer más de 6 meses necesitaría el visado de trabajo?

¡Muchas gracias!

Estoy deseando llegar.

Un abrazo desde España,
Rubén




 
 
 
 

  • Desconectado

#2  2012-05-18 07:07:41

Julie
Team
Registrado: 2011-02-16
Mensajes: 12052

Re: Cambiar Visado en Ecuador (turismo-trabajo)

Hola Rubén,

Bienvenido a Expat blog smile




 
 
 

Join us on  Facebook & Twitter
  • Desconectado

#3  2012-05-18 14:10:27

marquesdevelez
Animador Ecuador
marquesdevelez
Ubicación: Barcelona
Registrado: 2011-07-29
Mensajes: 506

Re: Cambiar Visado en Ecuador (turismo-trabajo)

Hola.

La visa de NO INMIGRANTE, categoría 12-IX, es para turismo (pero de larga duración), actos de comercio que no impliquen importación de mercaderías, realización de espectáculos artísticos, giras deportivas de más de 3 meses, estudios inferiores a 6 meses, entre otras cosas. Tiene una validez máxima de 180 días (6 meses).

Esa visa le permitirá ejecutar los actos de comercio y las actividades que le vengan determinadas. En cuanto llegue a Ecuador, tendrá que solicitar su inscripción en el Registro de Extranjeros, actualmente, a cargo del Ministerio de Relaciones Exteriores y se le expedirá un certificado en este sentido. Y luego, deberá solicitar la inscripción en el CENSO DE MIGRACIÓN, a cargo de la Dirección Nacional de Migración de la Policía Nacional del Ecuador, en Quito o en la Jefatura Provincial de Migración de la Policía Nacional, en las demás provincias.


Y si va a trabajar como persona natural, deberá obtener Matrícula de Comercio, que tendrá que inscribirse en el Registro Mercantil del cantón donde vayan a tener asiento sus negocios y  tendrá también que solicitar en el Servicio de Rentas Internas, que se le asigne un RUC (Registro Único de Contribuyente).

NOTA.- El Servicio de Rentas Internas es en Ecuador lo que en España la Agencia Estatal de Administración Tributaria y el RUC sería el equivalente al NIF español.

POSIBILIDAD DE MODIFICAR LA VISA ESTANDO EN ECUADOR (MODIFICACIÓN DE CALIDAD Y CATEGORÍA MIGRATORIA):

La respuesta es SÍ. Lo establece, por un lado, el art. 22 de la Ley de Extranjería y lo desarrolla, por otro lado, el art. 57 del Reglamento de la Ley de Extranjería, que fija las reglas precisas para hacerlo. Y para lo no previsto, resulta de aplicación lo dispuesto para todos los procedimientos administrativos, en el Estatuto de Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva, donde se regula el procedimiento administrativo común.

Primero que nada, usted, una vez en Ecuador, luego de que inscriba su visa en el Registro de Extranjeros, actualmente, a cargo del Ministerio de Relaciones Exteriores, deberá hallarse en alguno de los supuestos enumerados en el art. 9 de la Ley de Extranjería, que son las distintas categorías de visas de INMIGRANTE. Hay 7 categorías, en alguna de las cuales debe usted buscar encasillarse, según su situación e intereses. Le copio el texto, tal cual lo trae la Ley de Extranjería, para que usted vea en cuál situación puede encuadrarse:

" Art. 9.- Considérase inmigrante a todo extranjero que se interna legal y condicionalmente en el país, con el propósito de radicarse y desarrollar las actividades autorizadas que en cada categoría se determina a continuación:

I.- Para vivir de sus depósitos, de las rentas  que éstos produzcan o de cualquier otro ingreso permanente que se traslade al país.

II.- Para invertir su capital en la adquisición de bienes raíces o en certificados, títulos o bonos del Estado o de instituciones nacionales de crédito.

III.- Para invertir su capital en cualquier rama de la industria, agricultura, ganadería o del comercio de exportación, en forma estable y distinta a la de sociedad por acciones.

IV.- Para asumir indefinidamente funciones administrativas, técnicas o de especialización en empresas, instituciones o personas establecidas en el país.

V.- Para ejercer una profesión liberal o una profesión técnica, con arreglo a las normas de la Ley de Educación Superior.

VI.- En caso de ser cónyuge, o pariente dentro del segundo grado de consanguinidad o de afinidad de un ciudadano ecuatoriano, o de un ciudadano extranjero con visa de inmigrante distinta a esta
categoría; y,

VII.- Para llevar a cabo actividades lícitas que no estén contempladas dentro de las otras categorías
descritas en este artículo, y que de conformidad con lo que requiera el reglamento correspondiente y previo dictamen favorable del Consejo Consultivo de Política Migratoria, garanticen ingresos suficientes y estables para el sustento económico del inmigrante y sus dependientes."

Se resumen así:

9-I : RENTISTA.

9-II: INVERSIONISTA ESPECULATIVO.

9-III: INVERSIONISTA PRODUCTIVO.

9-IV: TRABAJADOR POR CUENTA AJENA INDEFINIDO, POR CUENTA PROPIA, MANDATARIO O APODERADO GENERAL.

9-V : PROFESIONAL LIBERAL (requiere previo reconocimiento del título universitario en la SENESCYT).

9-VI: AMPARO FAMILIAR : para cónyuges, convivientes de hecho legalmente reconocidos, hijos, nietos, progenitores, abuelos y suegros de un ecuatoriano o de un extranjero residente legal en Ecuador. Sin embargo, tiene una peculiaridad: respecto de los parientes de extranjeros residentes legales en Ecuador, se debe acreditar solvencia económica, para atender a las necesidades de quienes no fueren su cónyuge o conviviente de hecho legalmente reconocido y sus hijos.

9-VII: MISCELÁNEA: es un tipo de visa, creada en el año 2002, para facilitar y favorecer la inmigración de personas que no se hallen en ninguno de los supuestos antes mencionados, siempre y cuando acrediten recursos económicos suficientes. Es poco solicitada, porque casi todo el mundo, se encuadra en alguna de las categorías ya indicadas líneas arriba.


Con todo, es importante que sepa que, cualquier modificación, debe solicitarla durante la vigencia de su visa de NO INMIGRANTE 12-IX, que no debe dejar caducar. Si caduca, aunque constitucionalmente está prohibido considerar ilegal a persona alguna y ya tampoco se imponen sanciones pecuniarias por permanencia irregular en el país, en la práctica, tendrá que abandonar el país, ya que no habrá mecanismo alguno para regularizar su situación.

PLAZO PARA SOLICITAR LA MODIFICACIÓN.- ANTES DE LOS TREINTA DÍAS  de la fecha de vencimiento de la visa con la que hubiera ingresado en Ecuador. Tenga en cuenta los plazos, porque son muy estrictos con eso: no es DURANTE los 30 días anteriores a la fecha de caducidad, ni cuando falten 30 días para que caduque, sino antes de que llegue el día en que comiencen a faltar 30 días para la caducidad de su visa original.

NOTA IMPORTANTE.- No olvide que, tanto para solicitar el visado de NO INMIGRANTE en el Consulado de Ecuador, como para solicitar la modificación a INMIGRANTE, ya en Ecuador, le resulta exigible el certificado de antecedentes penales, que debe llevar la Apostilla de La Haya y tiene una vigencia de tres meses.

Cuando esté en Ecuador, para la modificación, le van a requerir el certificado de antecedentes penales de España actualizado y también el de Ecuador (llamado localmente RÉCORD POLICIAL). Si estando en Ecuador, se le caducase el certificado de antecedentes penales español, podría solicitarlo a través del Consulado General de España en Quito o Guayaquil o usted mismo, por Internet, aunque en lo atinente a la Apostilla de La Haya, tendrá que descargarse la Apostilla Electrónica, todo lo cual, viene indicado en la página web del Ministerio de Justicia: www.mjusticia.es .

Cuando obtenga la visa de INMIGRANTE, tendrá que ir a modificar el CENSO DE MIGRACIÓN (cuando se censa como NO INMIGRANTE, tiene una vigencia limitada a la duración de la visa, pero cuando se pasa a ser INMIGRANTE, pasa a ser indefinido) y luego, obtener la cédula de identidad ecuatoriana, que actualmente, cuando se trata de la inicial de extranjeros, solo se puede obtener en la Jefatura Provincial de Registro Civil, Identificación y Cedulación de Pichincha, en Quito o de Guayas, en Guayaquil.

RECOMENDACIÓN.- Es recomendable, con todo, que si va a dedicarse a actividades empresariales, constituya una sociedad anónima o compre una ya constituida.

Un cordial saludo.

Modificado por marquesdevelez (2012-05-18 14:22:59)




 
 
 
 
 

  • Desconectado

#4  2012-05-20 18:26:17

RubénCZ
Active member
Ubicación: Málaga
Registrado: 2011-12-29
Mensajes: 27

Re: Cambiar Visado en Ecuador (turismo-trabajo)

¡Muchas gracias marquesdevelez!

La información ha sido totalmente completa y me queda todo muy muy claro. Muchísimas gracias.

En mi caso, voy a desarrollar una actividad liberal, enfocada al mundo empresarial pero también para particulares (Coaching y aplicaciones psicológicas). Dispondré de mis dos títulos universitarios previamente apostillados por la Haya.

Me queda entonces claro que, una vez que llegue con la Visa 12-IX, debo inscribirme en el registro de extranjeros, posteriormente en el censo de inmigración, y finalmente obtener la matrícula de Comercio antes de comenzar a trabajar.

Según he entendido, con mi RUC ya puedo comenzar a trabajar, a realizar facturas a mis clientes y a pagar mis impuestos. Una vez en esa situación, puedo cambiar mi Visado de 12-IX al visado de trabajo (duración 2 años prorrogables). Supongo que mi VISA sería la 9-V (profesión liberal).

Mi idea con mi proyecto es declarlarla una SLU (en España, Sociedad Limitada Unipersonal). Cuando esté allá, me gustaría contar con ayuda profesional para saber cuál puede ser la mejor solución para mí.

Estos trámites burocráticos para mí son lo más complicado, así que de nuevo le agradezco muchísimo su ayuda, marquesdevelez, me ha aliviado mucho.

Gracias y feliz semana,
Rubén




 
 
 
 

  • Desconectado

#5  2012-05-21 14:56:13

marquesdevelez
Animador Ecuador
marquesdevelez
Ubicación: Barcelona
Registrado: 2011-07-29
Mensajes: 506

Re: Cambiar Visado en Ecuador (turismo-trabajo)

Hola.

Las visas de INMIGRANTE, no tienen fecha de caducidad determinada, pero sí se extinguen ipso iure, en el caso de que la persona deje de hallarse en la situación que motivó su concesión, salvo que solicite oportunamente la modificación de visa.

Con la visa de NO INMIGRANTE 12-IX, solo podrá permanecer 6 meses en Ecuador, por eso, es conveniente que en ese plazo, busque la forma de modificar a INMIGRANTE, a alguna de las categorías enumeradas.

Recuerde que, mientras sea NO INMIGRANTE, no tendrá derecho a tener cédula de identidad ecuatoriana.

Sus títulos universitarios, deben ser previamente reconocidos por la Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia y Tecnología (SENESCYT). Si los obtuvo en alguna universidad de las que constan en el listado oficial elaborado por la SENESCYT, se homologará de forma directa (en el listado, constan casi todas las universidades públicas españolas). El listado lo puede consultar en la siguiente ruta:

http://www.senescyt.gob.ec/c/document_l … pId=288997


Las universidades españolas que constan son:

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE BARCELONA.
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID.
UNIVERSIDAD CARLOS III DE MADRID.
UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID.
UNIVERSIDAD DE ALCALÁ DE HENARES.
UNIVERSIDAD DE ALICANTE.
UNIVERSIDAD DE BARCELONA.
UNIVERSIDAD DE CÁDIZ UNIVERSIDAD.
UNIVERSIDAD DE CANTABRIA.
UNIVERSIDAD DE CASTILLA - LA MANCHA.
UNIVERSIDAD DE CÓRDOBA.
UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA.
UNIVERSIDAD DE GRANADA.
UNIVERSIDAD DE LA LAGUNA.
UNIVERSIDAD DE LAS ISLAS BALEARES.
UNIVERSIDAD DE LEÓN.
UNIVERSIDAD DE LÉRIDA.
UNIVERSIDAD DE MÁLAGA.
UNIVERSIDAD DE MURCIA.
UNIVERSIDAD DE NAVARRA.
UNIVERSIDAD DE OVIEDO.
UNIVERSIDAD DE SALAMANCA.
UNIVERSIDAD DE SEVILLA.
UNIVERSIDAD DE VALENCIA.
UNIVERSIDAD DE VALLADOLID.
UNIVERSIDAD DE VIGO.
UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA.
UNIVERSIDAD DEL PAÍS VASCO.
UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACIÓN A DISTANCIA (UNED).
UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE CATALUÑA.
UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE MADRID.
UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE VALENCIA.
UNIVERSIDAD POMPEU FABRA.
UNIVERSIDAD PÚBLICA DE NAVARRA.
UNIVERSIDAD ROVIRA I VIRGILI.
UNIVERSIDAD DE SANTIAGO DE LA COMPOSTELA.

La información anterior, es extraída del listado oficial, que puede consultarse en la ruta indicada. No están todas las universidades públicas españolas, pero sí la mayoría y solo hay una universidad privada (la Universidad de Navarra).

Los títulos obtenidos en cualquiera de las universidades españolas del listado, se reconocen automáticamente (sin pruebas de conjunto, ni requisitos complementarios, ni ninguna formalidad adicional) y se inscriben en el Registro de Títulos de Educación Superior.

Para las universidades que no consten en el listado, al no existir convenio entre Ecuador y España sobre reconocimiento  de estudios universitarios, solo quedaría la vía del Comité Interinstitucional, el cual debe elaborar un dictamen a la vista de la documentación aportada. Si el dictamen es favorable, se concede el reconocimiento. Si el informe es negativo, entonces se abre la siguiente vía: homologación y revalidación de estudios. La homologación, se debe realizar en la universidad que designe el SENESCYT. Esa universidad, a la vista del informe del Comité Interinstitucional y la documentación aportada por el interesado, emitirá su informe, tomando en cuenta para ello, la correspondencia o no entre los estudios cursados por el interesado y los que tiene establecidos la universidad. Si de ese examen, resulta que los créditos aprobados por el interesado son iguales o superiores al 80 % de los ofrecidos por la universidad ecuatoriana, se concede la homologación, condicionada a la superación de una prueba general específica, sobre los aspectos concretos que se señale (generalmente, tiene que ver con aspectos de la realidad local). Si la persona supera la prueba, se concede la homologación y en consecuencia, el reconocimiento del título y su inscripción en el Registro.

Si la universidad determina que los estudios de la persona son inferiores al 80 % de los créditos ofrecidos o no supera la prueba antes mencionada, solo le queda sujetarse a la revalidación, que puede ser de dos maneras:

- Mediante exámenes de las asignaturas a superar, preparados por el propio interesado, a partir de temarios y bibliografía facilitados por la universidad.

- Mediante asistencia a los cursos regulares de las asignaturas a superar, junto con los estudiantes ecuatorianos y posterior evaluación.

En todo caso, la revalidación, supone en estricto rigor, no un reconocimiento el título extranjero, sino la obtención, por parte del interesado, de un título universitario ecuatoriano.

MATRÍCULA DE COMERCIO.- El procedimiento viene señalado en el Código de Comercio. La solicitud debe dirigirse a un juzgado de lo civil del cantón donde vaya a ejercer su actividad. Una vez aprobada, debe solicitarse la inscripción en el Registro Mercantil del mismo cantón.

Con todo, la obtención de matrícula de comercio, es una obligación legal, pero no es lo que otorga la calidad de comerciante, ya que el Código de Comercio de Ecuador considera comerciante a las personas que teniendo capacidad para contratar, hacen del comercio su profesión habitual. Es decir, la dedicación de hecho al comercio, independientemente y sin perjuicio de las obligaciones formales a que hubiera lugar, tanto en materia mercantil, como en otras ramas del ordenamiento jurídico y del aspecto tributario.

Por otro lado, si su voluntad es constituir una empresa unipersonal de responsabilidad limitada, de conformidad con la Ley de Empresas Unipersonales de Responsabilidad Limitada (publicada en el Registro Oficial número 196, de 26 de enero de 2006), podría hacerlo directamente, aunque este tipo de empresas, a la fecha, no obstante la expectativa que generó en su momento, año 2006, su aprobación, en la práctica, son poco utilizadas, porque, por un lado, está el trámite judicializado (es decir, solo puede aprobarlas un juez de lo civil, en procedimiento de jurisdicción voluntaria);  por otro lado, se prohíbe el objeto social múltiple (algo bastante corriente en el ámbito societario de Ecuador desde siempre), lo que obligaría a la persona que se quisiera dedicar a más de una actividad, a necesariamente, constituir tantas empresas unipersonales de responsabilidad limitada, como necesidad tuviere (que en la práctica, termina siendo engorroso). Por otro lado, al hacer depender el capital de la cuantía del salario básico unificado, que varía cada año, esto obligaría al gerente-propietario a tener que aumentarlo constantemente, lo cual significa un trámite similar al de constitución, con la consiguiente espera y gastos.

Por eso, le convendría más tener una sociedad de responsbailidad limitada corriente o una sociedad anónima, que tienen capital fijo (400 dólares la limitada y 800 dólares la anónima) y admiten objeto social múltiple, aunque exigen, la limitada, al menos dos socios para la constitución y la anónima, al menos dos accionistas para subsistir.

Un cordial saludo.




 
 
 
 
 

  • Desconectado

#6  2013-03-08 22:19:58

lorenitafiallosortiz
New member
Ubicación: Shushufindi
Registrado: 2013-03-08
Mensajes: 2

Re: Cambiar Visado en Ecuador (turismo-trabajo)

Hola  tengo una duda, porfavor quisiera que me ayuden aclararla

Tengo una amiga del pais de China que se encuentra en Ecuador, tiene la visa categoria  12XL de Actividad para el Comercio, que era válida hasta el 28 de enero del 2012,  que se puede hacer para renovarla o que hay que hacer en este caso.

Gracias
Un saludo

  • Desconectado

#7  2013-03-09 13:50:36

marquesdevelez
Animador Ecuador
marquesdevelez
Ubicación: Barcelona
Registrado: 2011-07-29
Mensajes: 506

Re: Cambiar Visado en Ecuador (turismo-trabajo)

lorenitafiallosortiz dijo:

Hola  tengo una duda, porfavor quisiera que me ayuden aclararla

Tengo una amiga del pais de China que se encuentra en Ecuador, tiene la visa categoria  12XL de Actividad para el Comercio, que era válida hasta el 28 de enero del 2012,  que se puede hacer para renovarla o que hay que hacer en este caso.

Gracias
Un saludo

Hola. Si la visa caducó en fecha 28 de enero de 2012, ya hace más de un año que esa persona está en Ecuador en situación irregular. Y si bien no hay sanción pecuniaria como antes, ni se la puede considerar ilegal, por expresa disposición constitucional, en la práctica, no podrá regularizar su situación y será necesario que abandone Ecuador (salvo que tenga un hijo nacido en Ecuador, ya que en ese caso, por interés superior del menor, que será ecuatoriano, deberá ser regularizada). Para poder hacer cualquier modificación de situación, debe hacérselo mientras esté vigente la permanencia legal en Ecuador. Pero no cuando ya ha caducado.

Un cordial saludo




 
 
 
 
 

  • Desconectado
¿Te gusta este hilo? ¡Compártelo con tus amigos!!


Seguros salud Ecuador

Consejos útiles para elegir su seguro de salud Ecuador.
>> Haz clic aquí

Mudarse a Ecuador

Consejos para preparar su mudanza a Ecuador.
>> Haz clic aquí

Vuelos Ecuador

Los mejores precios para los vuelos Ecuador.
>> Haz clic aquí

Empresas y servicios en Ecuador

Encuentra los profesionales en Ecuador en el directorio Expat blog.
>> Haz clic aquí

To
Subject *
Message *
   Estás aquí: Foro > Vivir en América del Sur > Ecuador > Visados > Cambiar Visado en Ecuador (turismo-trabajo)