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si ya me encuentro en europa cuanto puedo permancer como turista?


#1  2012-04-12 12:32:12

CROLE
New member
Ubicación: Manchester
Registrado: 2011-07-10
Mensajes: 6

si ya me encuentro en europa cuanto puedo permancer como turista?

hola a todos ojala me puedan ayudar vine a Europa para viajar y conocer pero también para visitar a mi novio, el es de irlanda pero vive en Inglaterra, ya estuve en España e Italia pero ahora me en encuentro en Inglaterra tengo entendido que en UK puedo permanecer como turista 6 meses, pero alguien sabe cuanto tiempo puedo estar como turista en la unión europea que opciones tengo por lo menos de estar 6 meses gracias!!!
CRIS




 
 
 
 

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#2  2012-04-23 01:59:10

marquesdevelez
Animador Ecuador
marquesdevelez
Ubicación: Barcelona
Registrado: 2011-07-29
Mensajes: 506

Re: si ya me encuentro en europa cuanto puedo permancer como turista?

Hola, veo que su mensaje es antiguo. Con todo, lo respondo, por si le es de utilidad a otra persona:

En la Unión Europea, existen a la vez, dos zonas claramente diferenciadas:

A) El espacio de Schengen.- Comprende todos los países de la Unión Europea, EXCEPTO: Reino Unido, Irlanda, Rumanía, Bulgaria y Chipre.

Además, comprende otros Estados miembros del Espacio Económico Europeo (que no son integrantes de la Unión Europea): Islandia, Noruega y Liechtenstein.

También comprende Suiza.

TODOS los Estados miembros del espacio de Schengen, tienen fronteras exteriores comunes. Eso significa que, cuando se viene de países que no forman parte, se debe pasar el control fronterizo. Una vez cruzada la frontera exterior, existe LIBERTAD DE CIRCULACIÓN por todo el territorio de los Estados miembros. Por ello, no hay ya controles en las llamadas "fronteras interiores" y los vuelos entre países miembros del espacio de Schengen, tienen la consideración de vuelos locales, no internacionales.

B) El territorio comunitario no integrante del espacio de Schengen.- Lo comprenden Reino Unido, Irlanda, Rumanía, Bulgaria y Chipre. Estos países, a pesar de ser miembros de la Unión Europea, no han querido formar (caso de Reino Unido e Irlanda) o no forman todavía, por no cumplir plenamente los requisitos exigidos para ello (caro se Rumanía, Bulgaria y Chipre), parte integrante del espacio de Schengen, que supone libre circulación por todo el territorio.

Por ello, para ingresar en estos países, SÍ hay que someterse al control fronterizo, debiendo adecuarse a las exigencias establecidas por la normativa interna de cada país, especialmente, en lo relativo a la exigencia o no de visado, en razón de la nacionalidad de la persona.

En caso de necesitarse visado, para ingresar en  alguno de esos países, en razón de la nacionalidad, solo decir que, un visado Schengen, no es válido para ingresar en ellos y viceversa, un visado expedido por un Consulado o Embajada de alguno de estos países, no es válido para ingresar en el espacio de Schengen.

NOTA.- Es posible, además, si la persona viene desde un país que no tiene vuelo directo hacia alguno de los antedichos países, sino que tiene que, primeramente, hacerse escala y cambio de avión en un aeropuerto del espacio de Schengen, que, dependiendo de su nacionalidad, sea o no sea necesario solicitar un visado de tránsito aeroportuario.


CASO DE CROACIA.- Croacia acaba de adherirse a la Unión Europea,pero su adhesión no producirá efectos hasta el 1 de enero de 2013. Sin embargo, desde hace pocos años, Croacia, en razón de la importancia del turismo en su economía (sobre todo, por los visitantes a Dubrovnick y la costa Dálmata), acepta que ingresen en su territorio, con fines turísticos y exclusivamente durante la época de temporada alta, personas nacionales de países que, regularmente necesitarían visado para ingresar en Croacia, si son portadores de un visado Schengen.


Una persona que ha ingresado al Reino Unido, no ha ingresado al espacio de Schengen. De modo que, si viene desde el Reino Unido al espacio de Schengen, se computa como un cruce de la frontera exterior del espacio de Schengen, no se tiene en cuenta el tiempo que ha permanecido en el Reino Unido.

Pero, al mismo tiempo, es importante que se sepa que, una vez dentro del espacio de Schengen, se lo tiene que abandonar en el tiempo fijado, que normalmente, son 90 días (en esto, difiere del tiempo que concede el Reino Unido, que son 6 meses) o en su defecto, solicitar la prórroga de estancia, antes de que caduque (aquí en España se puede prorrogar en las Oficinas de Extranjería de la Subdelegación del Gobierno en la provincia o en las Comisarías de Policía) .


Espero que le sea de utilidad esta información.


Un cordial saludo.




 
 
 
 
 

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#3  2013-05-13 20:22:41

cony hernandez lopez
New member
Ubicación: irapuato guanajuato
Registrado: 2013-05-13
Mensajes: 1

Re: si ya me encuentro en europa cuanto puedo permancer como turista?

Hola mi nombre es kony y mi primer viaje fue el 2de febrero a alemania y regrese a mexico el 17 de febrero y regrese a alemania el 19de abril del 2013 y el 28 de abril viaje a rumania y regreso a alemania el 31 de mayo mi pregunta es puedo permanecer 90 dias en alemania y otros 90 en rumania y si no es a si donde puedo pedir un permiso porque pienso volver a mexico 15 de agosto de 2013 espero puedan ayudarme. Saludos

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#4  2013-05-14 01:16:11

marquesdevelez
Animador Ecuador
marquesdevelez
Ubicación: Barcelona
Registrado: 2011-07-29
Mensajes: 506

Re: si ya me encuentro en europa cuanto puedo permancer como turista?

cony hernandez lopez dijo:

Hola mi nombre es kony y mi primer viaje fue el 2de febrero a alemania y regrese a mexico el 17 de febrero y regrese a alemania el 19de abril del 2013 y el 28 de abril viaje a rumania y regreso a alemania el 31 de mayo mi pregunta es puedo permanecer 90 dias en alemania y otros 90 en rumania y si no es a si donde puedo pedir un permiso porque pienso volver a mexico 15 de agosto de 2013 espero puedan ayudarme. Saludos

Hola.

En respuesta a su pregunta:

A) Alemania forma parte del espacio de Schengen, por lo que se aplica la regla general para los extranjeros extracomunitarios que ingresan en el espacio de Schengen, según el mencionado Acuerdo: se puede permanecer hasta por 90 días por cada período de 180 días. Usted, por lo visto, no ha agotado los 90 días, porque ha permanecido en Alemania por pocos días. Para más información, puede consultar la siguiente ruta hacia la página web del "Bundesministerium des Innern"  (Ministerio del Interior) de Alemania. Hay una versión original en alemán, completa y una versión internacional, en inglés, más condensada, que es la que le comparto:


http://www.bmi.bund.de/EN/Themen/Migrat … _node.html


B) Rumanía, en cambio, aunque es Estado miembro de la Unión Europea, no forma parte del espacio de Schengen. Por tanto, ir desde un Estado miembro y que integra el espacio de Schengen hasta otro Estado miembro, pero que no forma parte del espacio de Schengen, implica un cruce de fronteras exteriores del espacio de Schengen y por ende, la salida de él. Por ello, al salir de Alemania con dirección hacia Rumanía, si lo hizo por vía aérea, debió ser sometida al control fronterizo de documentación (cosa que no sucede cuando se viaja entre Estados que integran el espacio de Schengen). Y respecto de Rumanía, como no integra el espacio de Schengen, la permanencia en su territorio de extranjeros extracomunitarios, está sujeta a lo que pudiera prever su normativa interna. En Rumanía, se puede entrar con el pasaporte en vigor si se es nacional de un Estado a los que no se les exige visado para ingresar en Rumanía (Rumanía para determinar esto, ha hecho suyos los Anexos del Reglamento de la Unión Europea para cruzar las fronteras exteriores del espacio de Schengen, a fin de guardar uniformidad) y permanecer hasta 90 días en un período de 180 días (similar al espacio de Schengen).

Puede consultar la información sobre la entrada y permanencia en Rumanía, en la siguiente página web de la Inspectoratul General pentru Imigrări (Inspectoría General para la Inmigración), que es el órgano competente en materia de Inmigración y Extranjería en Rumanía (hay una versión original, en rumano y una versión internacional, en inglés):

http://ori.mai.gov.ro/detalii/pagina/en … Romania/67


Un cordial saludo.




 
 
 
 
 

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